La Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó el recurso de nulidad en contra de la sentencia que condenó a seis efectivos de Carabineros autores de apremios ilegítimos cometidos en 2020 en Puente Alto. Tres de ellos cumplieron sus condenas, mientras que los restantes obtuvieron libertad vigilada intensiva.

La Corte de Apelaciones de San Miguel rechazó el recurso de nulidad deducido por la querellante Instituto Nacional de Derechos Humanos, en contra de la sentencia que condenó a seis efectivos de Carabineros, por su responsabilidad como autores de apremios ilegítimos en Puente Alto.

En fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada confirmó la sentencia recurrida, dictada por el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto.

La resolución agrega: “no obstante la entidad de las lesiones, la conducta reprochable y repudiable de los funcionarios policiales y el carácter absolutamente cuestionable de las mismas, no aparece, dada la duración del actuar de las policías, su forma y lugar de comisión y las consecuencias de las mismas, que pueda predicarse de esas conductas como un acto de tortura, más sí de apremio ilegítimo”.

Por tanto, resuelve que “se rechaza el recurso de nulidad interpuesto por la querellante, en contra de la sentencia definitiva de treinta y uno de mayo de dos mil veintidós, dictada en los autos (…) Seguidos ante el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto, la que, en consecuencia, no es nula”.

Cabe destacar que el tribunal determinó que tres condenados, a quienes se les había determinado las penas privativas de libertad, se resolvieran como cumplidas, atendido el mayor tiempo que permanecieron privados de libertad con ocasión de esta causa.

Asimismo, los otros tres condenados, “el tribunal de mérito decidió sustituir la pena corporal que se les había impuesto, por la Libertad Vigilada Intensiva“.