La Cuarta Sala del Tribunal de Alzada capitalino confirmó la sentencia que acogió demanda de incumplimiento de contrato y que condenó a cirujano plástico por actuar negligente.

La Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condena a un cirujano plástico por actuar negligente a mujer que se realizo un aumento mamario en la región Metropolitana.

En fallo unánime, la Cuarta Sala del tribunal de alzada –integrada por los ministros Hernán Crisosto, Antonio Ulloa y el abogado (i) Jorge Benítez– descartó error de derecho en la sentencia que acogió la demanda.

Según lo indica el fallo, la mujer se sometió a la cirugía plástica el 4 de mayo de 2015. Días más tarde debía realizarse un control con su médico tratante.

“El médico, debió concurrir al domicilio de la paciente ante los síntomas que aquella tenía y no obstante que presentaba supuración de la herida, solamente se receto Ciprofloxacino de 500 mg”, comenta el fallo.

Tras esto, el 17 de mayo la mujer concurrió a una clínica capitalina donde “mediante intervención quirúrgica, debió retirárseles los implantes mamarios y hacérsele aseo quirúrgico”.

La resolución agrega que lo anterior “llevó a la extracción de las prótesis al día después, lo que demuestra la negligencia en el tratamiento post operatorio, como lo indica la sentencia en alzada”.

“El demandado Roy Sothers Menghini, quedará además condenado al pago de todos los costos de tratamientos generados con posterioridad a la demanda, que sean consecuencia inmediata y directa de la negligencia que se imputa al demandado y que sean necesarios para la recuperación física y psíquica de la demandante”, se ordena.