La Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago revocó la prisión preventiva del imputado por organizar una masiva fiesta clandestina en Camino a Melipilla en la comuna de Maipú.

A la fiesta realizada el pasado sábado 2 de mayo -en medio de la pandemia por el coronavirus- asistieron cerca de 400 personas, quienes no contaban con ninguna medida sanitaria.

En su primera formalización por poner en peligro la salud pública en tiempo de catástrofe, epidemia o contagio se dio la cautelar de arresto domiciliario nocturno, sin embargo, el imputado no la respetó durante la primera jornada.

De acuerdo a lo explicado por el hombre, había salido a buscar unas prendas de vestir y material de aseo.

Tras esto, se le modificó a la de prisión preventiva el pasado 4 de mayo. Tras la apelación, finalmente se le decretó la medida cautelar de arresto domiciliario total.

Lucas Vargas, abogado asesor Unidad Asesoría Jurídica de la Fiscalía Regional Occidente, indicó que “el Ministerio Público no tiene más que explicar que le parece que es absolutamente necesaria la prisión preventiva para el imputado”.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)