La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó un recurso de amparo que había sido presentado en contra de Carabineros, el Ministerio del Interior y la empresa Metro.

La acción judicial era por la utilización de balines para disolver las manifestaciones que se han realizado en el sector de Plaza Italia, los cuales habrían sido disparados desde el interior de la estación Baquedano.

El recurso fue presentado por siete personas que asistieron a manifestaciones en dicho sector pero resultaron con lesiones: seis de ellas resultaron con heridas de balines y una por lacrimógenas.

En un fallo unánime, la Octava Sala del tribunal de alzada descartó la existencia de un actuar arbitrario de dichas instituciones y estableció que el recurso de amparo no es la vía idónea para denunciar eventuales irregularidades en el cumplimiento de los protocolos para disolver manifestaciones.

En el fallo se explicó que “el de amparo es un recurso de naturaleza excepcional, que encuentra su origen y fuente en la Constitución Política de la República y persigue, por su intermedio, tutela y protección de parte de los Tribunales Superiores de Justicia, en los casos en que por actos de particulares o de alguna autoridad, se vean ilegítimamente vulneradas las garantías de libertad y seguridad individuales. En el caso sublite, los recurrentes no se encuentran presos ni detenidos, ni hay amenaza de que ello ocurra”.

“Si los recurrentes entienden que han sido víctimas de ilícitos por parte de Carabineros, les asiste el derecho de ejercer las acciones que estimen convenientes, pero esta acción constitucional no es la idónea para exigir eventuales responsabilidades penales”, se añadió.

Además, se indicó que en cuanto al Ministerio del Interior y Metro no se advierte “razón alguna para la interposición del recurso”.