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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

Con arresto domiciliario nocturno quedó el conductor del camión que provocó la muerte del cabo segundo Iván Burgos Sáez tras chocar con un vehículo militar en la Ruta 5 Sur en Los Ángeles. En la formalización, se le imputaron cargos por cuasidelito de homicidio y lesiones graves. El sargento del Ejército que conducía el vehículo militar está grave. El conductor deberá cumplir medidas cautelares y el plazo de investigación es de 5 meses.

Con arresto domiciliario nocturno quedó el conductor de un camión que la madrugada del viernes colisionó con un vehículo militar, causando la muerte del cabo segundo Iván Burgos Sáez, en la Ruta 5 Sur en Los Ángeles, en la región del Bío Bío.

En el Juzgado de Garantía de Los Ángeles se realizó este lunes la formalización de cargos del imputado identificado por sus iniciales H.R.M.C. por cuasidelito de homicidio y lesiones graves tras los hechos registrados la semana pasada, cuando colisionó a un vehículo militar que realizaba patrullajes en el contexto del estado de excepción constitucional.

A consecuencia de lo anterior, murió en el lugar el cabo segundo Iván Burgos, que pertenecía a la dotación del Regimiento N.º 9 “Chillán”, y otros tres efectivos resultaron con heridas de consideración, incluido un carabinero.

De ellos, continúa internado en estado grave en el Hospital Militar de Santiago el sargento que conducía el vehículo militar que fue impactado por el imputado.

En la audiencia se resolvió dejar al conductor del camión con arresto domiciliario nocturno, firma mensual y arraigo nacional. Además, el plazo de la investigación se fijó en 5 meses.

Es preciso indicar que cuando el imputado fue detenido la semana pasada, se indicó que conducía bajo “efecto de psicotrópicos”, pero finalmente se estableció que había consumido un medicamento bajo receta.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)