Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.
La Corte de Apelaciones de Concepción acogió un recurso presentado por una enfermera diagnosticada con Covid Persistente, declarando ilegal la decisión de mutuales de seguridad de retirar sus prestaciones de salud, lo que provocó un agravamiento de su salud al quedar sin atención de especialistas. Tras la acción legal de la profesional, se ordenó restituir su tratamiento a través de la Asociación Chilena de Seguridad y el Instituto de Seguridad Laboral, responsables de la retirada de la atención. El tribunal determinó que la medida fue arbitraria y dio la razón a la enfermera, ordenando reponer su tratamiento según la instrucción de la Superintendencia.
La justicia acogió un recurso contra mutuales de seguridad, al declarar ilegal la decisión de retirar las prestaciones de salud para una enfermera diagnosticada con Covid Persistente. Así, la Corte de Apelaciones de Concepción –región del Bío Bío– ordenó restituir el tratamiento de la mujer.
Tras quedar sin la atención de especialistas, la patología se habría agudizado y por eso la decisión de la ex funcionaria del Hospital Regional de Concepción de ejercer acciones legales.
En esa línea es que se determinó un tratamiento para la enfermedad laboral a través de la Asociación Chilena de Seguridad y el Instituto de Seguridad Laboral.
Sin embargo, a principios de año ambos organismos retiraron la atención que recibía la paciente por parte de distintos especialistas, como cardiólogos y médicos broncopulmonares, lo que dijo Lilian Cifuentes se ha traducido en un agravamiento de su salud.
Por eso la decisión de la profesional de presentar un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Concepción, denunciando como ilegal y arbitraria la medida de ambas mutuales, que se responsabilizaron una a otra por la resolución que retiró las prestaciones médicas.
Tras un análisis de todos los antecedentes, explicó el abogado Zakjaris Rojas, el tribunal de alzada dio la razón a su representada. Así, se ordenó reponer el tratamiento de acuerdo a la instrucción de la Superintendencia.
Se trata de un fallo de primera instancia que tanto la Asociación Chilena como el Instituto de Seguridad Laboral podrían apelar para que sea revisado por la Corte Suprema.
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