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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

Carabineros desalojó la "toma VIP" de Curanilahue, Bío Bío, con más de 300 estructuras lujosas. No hubo detenidos. Vecinos no notificados. Delegado presidencial asegura notificaciones y apoyo en traslado. Vecina de toma denuncia falta de ayuda estatal.

Carabineros concretó el desalojo de la denominada “toma VIP” de Curanilahue, en la provincia de Arauco, en la región del Bío Bío. La ocupación llegó a tener más de 300 estructuras entre galpones y viviendas, algunas de estas destacaban por su gran tamaño y por ser casas de veraneo. No se registraron personas detenidas durante el procedimiento.

El procedimiento se efectuó en el sector de San José Colico, donde algunas de las familias que residían en el lugar aseguraron no haber sido notificados del cumplimiento de la orden judicial.

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“Yo quedo en la calle, literalmente quedo en la calle porque no tengo nada. Ahí tengo mi subsidio sin usarlo. No tengo nada”, indicó un hombre. En tanto, una mujer aseguró que “aquí no hay casas de lujo, una que otra, son contadas, de la gente que puede tener y que ha luchado tanto para tener sus casas”.

Al lugar llegó una vecina de otra toma para quejarse de la poca ayuda que reciben del Estado para regularizar su situación y explicó el porqué le decían la toma VIP. Muchos arrendaban las casas para fiestas o descanso de fines de semana.

El delegado presidencial de la provincia de Arauco, Humberto Toro, aseguró que las familias fueron notificas y que muchos desarmaron antes sus casas. También afirmó que se dispuso de camiones para apoyar el traslado de los enseres.

Según explicó la autoridad, la empresa Arauco, dueña del terreno desalojado, ofreció terrenos de transición, donde podrán instalarse las personas desalojadas, pero en esta oportunidad con el compromiso de compra venta del sitio.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)