El Servicio Médico Legal se encargará de los peritajes psiquiátricos del acusado por el parricidio de su abuela en Coronel, región del Bío Bío, quien dejará la prisión preventiva para ser internado en un establecimiento a la espera de los resultados respectivos.

El acusado por el parricidio de su abuela en Coronel, región del Bío Bío, dejará la prisión preventiva y será internado en un centro psiquiátrico a la espera de los peritajes que realice el Servicio Médico Legal (SML).

Esto último, ya que la defensa presentó un recurso de amparo ante la Corte de Apelaciones de Concepción, argumentando que el formalizado contaría con esquizofrenia paranoide.

El sujeto de 24 años estuvo alrededor de dos semanas cumpliendo la medida cautelar en un recinto carcelario, a la espera de lo que determinara el Tribunal de Alzada penquista.

Lo anterior, ya que si bien la Fiscalía solicitó en su momento su prisión preventiva, al considerar que la libertad del individuo constituye un peligro para la seguridad de la sociedad, el defensor público de Coronel, Rafael Torres, señaló que el hombre tendría una enajenación mental, por lo que incluso podría ser inimputable.

La Corte procedió a la suspensión del procedimiento, por existir antecedentes de que el acusado contaría con esa enfermedad.

Esto significa que el autor del crimen quedará internado en un recinto psiquiátrico mientras se desarrollen peritajes del Servicio Médico Legal, explicó Torres.

Según el Ministerio Público, los hechos se registraron durante la tarde del pasado 30 de diciembre en la cocina de un domicilio ubicado en la comuna de Coronel.

El acusado por parricidio atacó a su abuela -de 76 años de edad- con un cuchillo, ocasionándole, entre otras, una herida cortopenetrante en la región cervical, lesión que le causó la muerte en el lugar.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)