Como una forma de rebajar la posible pena de 22 años de cárcel que arriesga la doctora acusada por un millonario fraude a Fonasa, su defensa solicitó que el delito principal sea considerado como uno solo.

Terminó el juicio por el caso del megafraude al Fonasa, arriesgando la doctora acusada, Paulina Carrasco, hasta 22 años de cárcel por el ilegal cobro de 5 mil millones de pesos en bonos de atención falsos.

En su alegato final, la Defensoría pidió considerar el delito principal como uno solo y así rebajar la eventual pena, insistiendo además en problemas mentales detrás de la conducta dolosa.

Tras casi dos meses de audiencias el Tribunal Oral de Concepción dio por concluido el juicio, retirándose los magistrados a deliberar y entregar este jueves el veredicto respecto de la culpabilidad o inocencia de la doctora Paulina Carrasco Godoy.

En sus alegatos finales, la defensora penal, Leslie Concha, pidió a los jueces considerar el cobro de miles de bonos por prestaciones de salud inexistentes como un solo hecho y no como delitos reiterados, lo que sumado a problemas mentales incidiría en una pena muy por debajo de los 22 años de cárcel que buscan la Fiscalía y el Consejo de Defensa del Estado.

Recordar que desde la formulación de cargos a fines del 2020, la Defensoría argumentó problemas psiquiátricos de la facultativa, presentando peritajes médicos con el objetivo de -al menos- rebajar la responsabilidad en los hechos imputados.

Previo al término del juicio, la magistrada Nancy Vargas dio la última posibilidad a la médico acusada por el caso del megafraude por 5 mil millones de pesos contra el Fonasa, de dar una declaración.

Paulina Carrasco, conectada remotamente al juicio desde la Sección Femenina de la cárcel El Manzano, respondió con un rotundo no al ofrecimiento, fijando entonces el tribunal la entrega del veredicto para este jueves a las 11:00 horas.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)