El hacinamiento de los penales, que los torna peligrosos ante la Covid-19, fue uno de los argumentos por los cuales no se decretó la prisión preventiva de un imputado por homicidio en Talcahuano.

El Ministerio Público apeló de forma verbal durante la misma audiencia de formalización por el homicidio simple, no obstante, la cautelar fue rechazada.

El crimen ocurrió el pasado domingo 12 de abril, cuando la víctima de 23 años, Pablo Villalobos Pantoja, llegó hasta la población Libertad, en compañía de su pareja, para visitar a familiares.

En ese momento, su acompañante divisó a otra mujer con la que comenzó una fuerte discusión que fue separada por la víctima. Esa mujer se alejó para volver luego con el acusado de homicidio, quien portaba dos cuchillos, con los que habría efectuado una estocada en el pecho del joven.

La jueza Antonia Flores, presidenta del Juzgado de Garantía de Talcahuano, comentó la resolución afirmando que el abogado del imputado “se opuso a esa petición (prisión preventiva), indicando que en la especie se configura una legítima defensa”.

La magistrado también detalló los fundamentos para denegar la prisión preventiva, afirmando que eso se determinó “teniendo presente para ello la irreprochable conducta anterior del imputado, que éste prestó declaración desde el inicio de la investigación, que acreditó un arraigo familiar, social y laboral, y teniendo presente la emergencia sanitaria que enfrenta el país”.

Además, indicó que el imputado presentó un test psicológico favorable. Independiente de la decisión de la Corte de Apelaciones de Concepción, el tribunal de Talcahuano decretó tres meses de plazo para cerrar la investigación.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)