Un hombre arriesga 15 años y un día de cárcel tras ser acusado de violar a la hija de su pareja en un sector rural de Yumbel, provincia de Bío Bío. La presunta víctima, que tiene una discapacidad intelectual, quedó embarazada.

El imputado identificado como Marcelo Rodolfo Pérez Arrau (46) enfrenta un juicio oral en Los Ángeles, sindicado como autor del delito de “violación a mayor de 14 años”.

Según la Fiscalía, los hechos se remontan al periodo comprendido entre enero y marzo de 2016, en un sector rural de Yumbel, donde -de forma reiterada- el acusado habría violentado sexualmente a la víctima que en ese entonces tenía 33 años.

Ella es hija de la entonces pareja de Pérez Arrau con quien tienen un hijo de 10 años en común. Ella tiene una discapacidad cognitiva y, producto de lo ocurrido, quedó embarazada, dando a luz a una niña en octubre de 2016.

Desde la Fiscalía se detalló que la pena que están solicitando es de 15 años y un día de presidio mayor en su grado máximo, aseverando que Marcelo Pérez Arrau se aprovechó de la condición de la víctima y su dependencia económica.

El defensor penal público, Ernesto Ochoa, aseguró que el delito no se acreditará y que la acusación “es una construcción jurídica sin sustento en lo fáctico”.

Por lo mismo, si bien indicó que existió una relación sexual entre su representado y la presunta víctima, esta fue consentida.

El acusado declaró en el juicio y negó haber cometido una violación, incluso aseguró que la víctima era quien se acercaba a él constantemente y que la relación que sostuvieron fue bajo amenazas que ella le habría realizado.

También dio a conocer su testimonio la afectada. Dentro de un biombo dijo no saber su edad, RUT y la fecha actual, pero sí dijo que tiene una hija, aunque no recordaba su edad.

Igualmente reconoció al acusado como el padre de su hija, pero indicó que no se acordaba por qué sostuvieron relaciones sexuales.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)