De manera unánime, el Tribunal Oral en lo Penal de Rancagua emitió un veredicto condenatorio en contra del exalcalde de Rancagua, Juan Ramón Godoy Muñoz, quien es acusado por el Ministerio Público como autor de los delitos de cohecho agravado, delitos tributarios, malversación de caudales públicos, fraude al fisco y lavado de activos.
Los hechos habrían ocurrido entre los años 2021 y 2023 en la capital de O’Higgins.
El veredicto se dio a conocer durante la jornada de este martes y la sentencia se dará a conocer en una audiencia fijada para el próximo 9 de enero.
De acuerdo al ente persecutor, Godoy habría favorecido a cambio de dinero a empresarios cercanos que operaron como “proveedores VIP“, a través de tratos directos sin justificación.
Desestimando el cobro de multas y emitiendo pagos por obras no realizadas, generando ingresos irregulares con un perjuicio fiscal estimado en $2.300 millones.
El exmilitante del Partido Socialista se desempeñó como intendente de O’Higgins durante el segundo gobierno de la presidenta Michelle Bachelet. Además, fue alcalde entre los años 2021 y 2024.
Cabe señalar que el veredicto fue presenciado en modalidad telemática desde las inmediaciones de la Cárcel de Rancagua, donde está recluido hace 20 meses.
Las condenas
En cuanto al primer hecho acusado, Godoy fue condenado como autor del delito continuado y consumado de cohecho, además de fraude al Fisco.
Mientras que Javier Cornejo Díaz de Medina fue condenado como autor del delito de soborno y absuelto respecto del delito de fraude al Fisco. Cornejo, además, fue condenado como autor del delito consumado de uso de instrumento privado falso.
Asimismo, ambos fueron absueltos de la participación que se les atribuía en calidad de autores del delito de malversación de caudales públicos.
En otro hecho, se condenó a Juan Ramón Godoy Muñoz como autor del delito de cohecho. En el capítulo 3 de la acusación, se le condenó como autor del delito de cohecho, consumado y continuado.
Además, se le absolvió del delito atribuido en relación con el delito de fraude al Fisco descrito en dicho capítulo.
En el capítulo 4, en tanto, se le condenó como autor del delito de cohecho, continuado y reiterado, de manera que fue absuelto del delito atribuido en relación con la figura de fraude al Fisco.
En el capítulo 5, se le condenó como autor del delito de lavado de activos. Mientras que Cornejo fue absuelto.
En cuanto al capítulo 6, ambos fueron absueltos de delitos tributarios. Ilícitos por los que se les persiguió por parte del Ministerio Público y el Servicio de Impuestos Internos.