La Corte de Apelaciones de Rancagua, en la región de O'Higgins, revocó la decisión del Juzgado de Garantía de la misma ciudad, que rechazó la medida cautelar de prisión preventiva solicitada por el Ministerio Público en contra de Heriberto Antonio Lazcano Acevedo, acusado de un homicidio perpetrado en agosto de 2020.

La Corte de Apelaciones de Rancagua, de la región de O’Higgins, decretó la prisión preventiva contra un hombre imputado por el delito de homicidio perpetrado el pasado 29 de agosto, en la ciudad.

Heriberto Antonio Lazcano Acevedo fue acusado por el Ministerio Público y solicitó la prisión preventiva al Juzgado de Garantía de Rancagua, quien no acogió la solicitud. Ahora, la Corte de Apelaciones revocó la resolución apelada.

Según el ente persecutor, el imputado tuvo una discusión con la víctima M.A.B.P. en la calle Hilario Vial, entre el pasaje Los Raulíes y el pasaje El Sauce, comuna de Rancagua.

En el lugar, el acusado, apodado como “El Peye”, lo atacó con un arma blanca, causándole seis lesiones del tipo cortopunzante a nivel de la cabeza, cuello, tórax y extremidades, una de las cuales derivó en su muerte.

El fallo que decretó la medida cautelar consigna que “aparecen elementos suficientes que, por ahora, permiten inferir la intervención del encausado en los hechos“.

Agrega además: “Siendo para estos efectos, la prisión preventiva una medida necesaria, atendida la naturaleza del delito” de homicidio.

Por lo anterior, la Corte determinó que “se revoca la resolución apelada (…) y en su lugar se le impone la medida cautelar de prisión preventiva, por peligro para la seguridad de la sociedad”, concluye la resolución.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)