La Corte Suprema sentenció a la empresa Gasco Magallanes S.A. a indemnizar a las propietarias de una vivienda que se destruyó por una explosión de gas en Punta Arenas, ocurrida en agosto de 2015.

Si bien la empresa se defendió ante la Corte de Apelaciones, acusando que los daños al interior de las instalaciones no eran de su responsabilidad, se determinó en fallo unánime, la resolución ya confirmada por el tribunal mayor.

La Primera Sala rechazó el recurso de casación y confirmó la sentencia que ordenó a la empresa de gas domiciliario a pagar a las demandantes $50.000.000 por daño moral, y $90.328.000 por daño emergente. Es decir, la indemnización asciende a la suma de $140.328.000.

El fallo también expresó que el inmueble resultó afectado por el fuego en un 20% y con daños estructurales en el 80% de su superficie, debido a la presión del gas. Por ello resultaron destruidos también los “muebles, enseres, ropa y objetos personales”, detalló el documento.

No obstante, se determinó expresamente que al monto de indemnización por daño emergente –$90.328.000- debe descontarse lo recibido por parte de la Compañía de Seguros Penta, equivalente a 1756 UF, por tener contratado un seguro contra incendios.