La Comisión de Libertad Condicional de la jurisdicción Punta Arenas culminó la primera sesión del año, con la revisión de 9 solicitudes del Centro de Detención Preventiva de Puerto Natales, ninguna de las cuales fue concedida.

De un total de 57 postulantes, de los tres centros privativos de libertad de Magallanes, el jueves 20 de abril se le concedió el beneficio a 1 interno de Porvenir. En tanto el viernes 21 pasado, la Comisión revisó 47 solicitudes de Punta Arenas, ocasión en que se acogió la solicitud de 5 internos.

Asimismo, la Comisión, tras la evaluación de rigor, denegó las 9 postulaciones de internos del Centro de Detención Preventiva de Puerto Natales.

La instancia, que se rige por el Decreto Ley Nº 321, que establece los requisitos para otorgar el derecho de la libertad condicional, tales como el cumplimiento efectivo de la mitad de la condena que se le impuso por sentencia definitiva, haber tenido conducta intachable en el establecimiento penal, haber aprendido un oficio si hay talleres donde se cumple la condena y, por último, haber asistido con regularidad a las escuela y conferencias educativas del penal.

La Comisión de Libertad Condicional es presidida por el ministro de la Corte de Apelaciones de Punta Arenas Víctor Stenger. Además, la integran los magistrados José Octavio Flores, Jaime Álvarez y Julio Álvarez (en Puerto Natales), del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Punta Arenas. Juan Enrique Olivares y Paula Stange, del Juzgado de Garantía de la capital magallánica; la secretaria del tribunal de alzada, Connie Fuentealba, y los relatores Octavio Salinas, César Guzmán y Pablo Ramos (en Puerto Natales).

“El legislador ha establecido este derecho que tiene una persona privada de libertad para postular al beneficio, y sólo se analiza la solicitud cuando el interno ha cumplido con una serie de requisitos que indica la normativa vigente”, señaló el ministro Stenger.