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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La discusión sobre la protección animal y la tenencia responsable se intensifica tras un fallo de la Corte de Apelaciones de Valdivia que considera a los animales seres sintientes, no objetos. Esto plantea interrogantes sobre si el criterio aplicará a todos los animales y si sentará precedente. Expertos debaten sobre las leyes vigentes y la necesidad de una protección jurídica adecuada para los animales, ya sean de compañía o de granja.

Instalada está la discusión por los alcances de la Ley de Protección Animal y la Ley de sobre Tenencia Responsable de Mascotas y Animales de Compañía, por la interpretación jurídica ante lo que indica el Código Civil, que establece a los animales como objeto o bien mueble, versus su condición instalada en la sociedad de ser parte de las denominadas familias multiespecies, en donde hay animales que son uno más de un grupo familiar.

El fallo de la Corte de Apelaciones de Valdivia sobre la tenencia de un gato que se disputaba una expareja tras el término de la relación de ambos, dejó de lado las reglas de copropiedad en derecho civil utilizadas en primera instancia y puso el foco en el bienestar del animal, considerándolo un ser sintiente que requiere una protección jurídica especial.

Ahora sí, este criterio aplica para todos los animales o solo para los de compañía, o si este fallo deja o no un precedente para casos futuros, está en veremos.

El profesor de derecho civil y académico de la Universidad Austral de Chile, el abogado Sebastián Ríos, consideró que la sentencia es importante y se inserta en una discusión que ya lleva un tiempo sobre las dos leyes ya indicadas, que van más allá de la lógica de la legislación civil ante la condición que tienen los animales con tratamientos jurídicos distintos para su protección.

“No todos los animales son iguales entre sí, son objeto de tratamientos jurídicos distintos. Hay una ley especial para las mascotas y los animales de compañía. Particularmente, la ley se refiere a los perros y los gatos, pero respecto del ganado, nosotros aplicamos la Ley 20.380 y la ley no prohíbe la actividad ganadera, no prohíbe ni el beneficio ni el sacrificio de los animales y establece un conjunto de reglas para los efectos de llevarlos a cabo. Evidentemente, que se tiene que revisar esto, y como dice la ley, con métodos racionales para evitar sufrimientos innecesarios”, comentó a La Radio.

La encargada de Incidentes de la Fundación Abogados por los Animales, Camila Ahumada, valoró el fallo de la Corte que considera al animal como ser sintiente y sensible y lo saca de la categoría de objeto.

Destacó que en tribunales se avance en la presentación de pruebas sobre la tenencia, siendo prioritaria la inscripción en el Registro Nacional de Mascotas. En todo caso, dijo que existen leyes que protegen a los animales, independiente de si son mascotas o para la ganadería.

Quien tenga un animal de compañía que no sea un perro ni un gato, también que sepa que sus animales están sujetos a otro tipo de protección y, por supuesto, que ya existen deberes de cuidado, no solamente en su bienestar, sino que en todo sentido, veterinario, etc. En la normativa chilena, todos los animales tienen algún nivel de protección, unos más que otros, pero para que se haga efectivo, tiene que haber mayor fiscalización, pero también tiene que suceder esto de que en tribunales se vean este tipo de causas, no solamente con animales de compañía, sino que también con otro tipo de animales”, explicó.

Mientras que Ahumada destacó que ahora los tribunales están fallando con una consideración más amplia de lo que calificó como “derecho animal” o por la preocupación que distintas personas le están dando al tema, Ríos aseguró que estos siguen teniendo por regla general el estatuto de cosas y no son sujetos de derecho, como sí los humanos, que tenemos deberes y responsabilidades respecto de ellos, como los de compañía, los de ganadería o incluso en un zoológico.