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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

Guardia en prisión preventiva por abuso sexual y violación a niña en Quellón. Imputado de 51 años habría cometido los delitos reiteradamente desde que la víctima tenía cerca de 10 años. Permaneció prófugo seis días antes de entregarse a la Policía de Investigaciones en Castro. Fiscalía presentó pruebas como declaraciones de testigos, entrevista videograbada de la víctima y peritaje sexológico. Solicitaron prisión preventiva por considerarlo un peligro para la sociedad y la víctima.

Un guardia de 51 años quedó en prisión preventiva tras ser formalizado por su presunta responsabilidad en un abuso sexual reiterado y violación contra una niña en Quellón, región de Los Lagos.

Según los antecedentes expuestos en la audiencia, la víctima habría comenzado a sufrir los hechos cuando tenía cerca de 10 años.

El imputado habría permanecido seis días prófugo de la justicia, luego de que el tribunal autorizara una orden de detención en su contra.

Finalmente, se entregó en el cuartel de la Policía de Investigaciones de Castro, donde fue detenido y posteriormente puesto a disposición del tribunal correspondiente.

El fiscal Fabián Fernández dijo que se logró “tomar declaración a una serie de testigos, profesores de la víctima, familiares, etcétera. Asimismo, se obtuvo la entrevista videograbada, en este caso de la víctima, y también peritaje sexológico por el Servicio Médico Legal de Castro, todo lo cual permitió corroborar los antecedentes que habían sido denunciados”.

Durante la audiencia, la Fiscalía solicitó la prisión preventiva al estimar que la libertad del imputado constituía un peligro para la víctima y la sociedad, además de existir riesgo de fuga. El tribunal acogió la solicitud del Ministerio Público y fijó un plazo de investigación de 60 días.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)