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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco condenó a Ángelo Marcos Lienqueo Narváez a diez años y un día de presidio mayor en su grado medio por robo con violencia frustrado contra un adolescente en Temuco. Los hechos ocurrieron en un servicentro Petrobras, donde el acusado y otro individuo intimidaron a la víctima con un arma blanca, golpeándola y robándole un iPhone. El adolescente resultó con una lesión en la cabeza.

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Temuco condenó a Ángelo Marcos Lienqueo Narváez (de 23 años) a cumplir la pena de diez años y un día de presidio mayor en su grado medio, como autor del delito de robo con violencia en grado de ejecución frustrado, cometido el 13 de septiembre de 2024 en esa comuna, en perjuicio de un adolescente identificado con las iniciales F.I.H.C.

De acuerdo con la acusación del Ministerio Público, los hechos ocurrieron ese día aproximadamente a las 17:45 horas, en las inmediaciones del servicentro Petrobras ubicado en Avenida Alemania de Temuco.

El acusado, en compañía de otro sujeto, abordó a la víctima que se encontraba en un paradero de locomoción colectiva.

El delincuente y su acompañante le propinaron un golpe en el rostro y la intimidaron con un arma blanca, sustrayéndole un teléfono celular marca iPhone, para luego retirarse del lugar con la especie en su poder.

A raíz de la agresión, el adolescente resultó con una contusión en el cráneo, lesión calificada como de carácter leve según el formulario de atención de urgencia del SAR Pedro de Valdivia.

La sentencia establece que el condenado deberá cumplir la pena de manera efectiva, ya que no reúne los requisitos legales para acceder a alguna de las penas sustitutivas contempladas en la Ley.

Para el cómputo del cumplimiento, se le reconocerán los 658 días que ha permanecido privado de libertad por esta causa —detenido y en prisión preventiva— desde el mismo día del delito.

El fallo fue pronunciado por los jueces Jorge González, Priscilla Frantzen Cervantes y Javier Bascur.