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El ex consejero regional Ricardo Herrera Floody calificó de "infundadas" las acusaciones de connotación sexual en su contra, presentadas por una denunciante que habría trabajado en la Asociación de Municipios Costa Araucanía de Carahue entre 2023 y 2025.
Como acusaciones “infundadas” catalogó el ex consejero regional de La Araucanía, Ricardo Herrera Floody, la querella por hechos de connotación sexual que fue presentada en su contra.
De acuerdo a antecedentes recopilados por La Radio, los hechos que dieron paso a la investigación se habrían suscitado entre 2023 y 2025, cuando la denunciante llegó a prestar servicios a la Asociación de Municipios Costa Araucanía de Carahue.
Allí, según la denuncia, el ex consejero le habría emitido comentarios en relación con su cuerpo y sobre su vida sexual.
Al respecto, el abogado de la mujer, Albert Sánchez, explicó que incluso hubo una ocasión en donde el militante de Amarillos tocó el cuerpo de la afectada, señalándole que era un “castigo” por equivocarse en la redacción de un documento.
“Durante el tiempo en que se desempeñaba en su cargo existieron varios episodios de contacto físico inapropiado por parte del querellado. Finalmente, en una ocasión y por sorpresa, este terminó tocándola en sus glúteos, cintura y pierna”, comentó Sánchez.
Al ser contactado por Radio Bío Bío, el ahora secretario Ejecutivo de la Asociación de Municipios Costa Araucanía se defendió y aseguró que todo esto se trata de una situación laboral que se transformó en temas de connotación sexual.
“Son acusaciones o querellas que son infundadas. Yo he tenido una relación de dos años de trabajo con esta persona. Nunca hemos tenido ningún problema de ningún tipo. Por lo tanto, estoy muy tranquilo”, cerró Herrera.
Por último, el aludido sostuvo que hace un tiempo la mujer intentó renunciar a la Asociación de Municipios Costa Araucanía, y que luego de eso se presentó una denuncia por hechos de connotación sexual en su contra.
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Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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