La Corte de Apelaciones de Temuco dejó sin efecto el sobreseimiento definitivo de cuatro funcionarios y exfuncionarios del Gobierno Regional en la arista Manicure del caso Convenios, donde la Fiscalía indaga el destino de 730 millones de pesos.
La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Temuco, región de La Araucanía, acogió los recursos de apelación presentados el Consejo de Defensa del Estado, dejando sin efecto sobreseimiento definitivo de funcionarios y exfuncionarios del Gobierno Regional, en la arista Manicure del caso Convenios, entre los que se encuentran, Iván Soriano, Italo Flores, Luis Loyola y Claudia Macaya.
El sobreseimiento definitivo de estas personas fue dictaminado por la jueza de Garantía, Viviana García Utreras, resolución que fue anterior a que el Consejo de Defensa del Estado solicitara que la magistrada se inhabilitara argumentando que su prima, Katiusca Retamal Utreras, trabaja en el Gobierno Regional y tiene un grado de amistad con Juan Pablo Leonelli Lepín, uno de los acusados en esta causa como autor de fraude al Fisco.
La información la confirmó a La Radio el abogado del Consejo de Defensa del Estado (CDE), Claudio Jara, quien es querellante en la arista Manicure.
Cabe precisar que el Ministerio Público decidió respecto a estas cuatro personas no perseverar en la investigación en la arista Manicure, es decir, que en la actualidad no tienen la calidad de imputados en esta investigación, pero el CDE decidió recurrir a la Corte, porque considera que dictar sobreseimiento definitivo es muy pronto.
En ese sentido, la Corte también dejó sin efecto algunas resoluciones adoptadas por el Juzgado de Garantía sobre las medidas cautelares reales de los bienes de Rinet Ortiz, dueña de las fundaciones Folab y Educc, los que seguirán congelados.
En La Araucanía, la Fiscalíaindaga más de 13 causas relacionadas con el caso Convenios, donde se investigan delitos como lavado de activos, soborno, cohecho y fraude al Fisco, entre otros.
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
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