Tras un extenso juicio oral, este lunes declaró culpable a Héctor Llaitull, líder de la CAM, por la totalidad de los delitos imputados por el Ministerio Público.

El Tribunal Oral en lo Penal de Temuco dictó este lunes veredicto condenatorio en contra del líder de la Coordinadora Arauco Malleco (CAM), Héctor Llaitul, por delitos contemplados en la Ley de Seguridad del Estado, usurpación violenta, hurto de madera y atentado contra la autoridad.

En efecto, se declaró culpable de todos los delitos imputados por el Ministerio Público.

Recordemos que en el juicio se pidieron 25 años de cárcel para el ahora condenado. La sentencia, en tanto, se conocerá el 7 de mayo.

Previo a conocer el veredicto, Llaitul dijo que “seguramente esta será una condena en donde yo reciba toda la fuerza del Estado por este mismo choque de cultura, de que no nos podemos entender y que va a existir un conflicto permanente”.

Delitos por los que fue condenado

La jueza Rocío Pinilla informó que el Ministerio Público y los querellantes, incluido el Ministerio del Interior, acusaron a Llaitul de cinco hechos delictivos en calidad de autor: un delito contra el orden público, dos delitos contra el orden público, dos de usurpación violenta, un hurto simple y atentado en contra de la autoridad a mano armada.

En la primera se acreditó que tras una audiencia realizada 8 de enero de 2020 en el TOP de Temuco, Llaitul realizó un llamado a realizar hechos violentos, correspondientes a atentados incendiarios, sabotajes y otros respecto de empresas del rubro forestal y a fines. Mismos llamados que quedaron plasmados en medio de comunicación.

Las intervenciones telefónicas dejan en evidencia conversaciones que demuestran la coordinación que realizaba el líder de la CAM y su rol activo en atentados incendiarios.

La jueza expuso que Llaitul “guiaba, escogía y dirigía los atentados incendiarios”, lo que se comprobó con los registros de su celular.

Por todo lo anteriormente expuesto se dictó veredicto condenatorio en calidad de autor del delito de “incitación contra el orden público” y calidad de reiterado de delito contra el orden público.

Las pruebas presentadas en el juicio también permitieron establecer que el comunero ingresó junto a otros sujetos a los fundos San Sebastián, del sector Selva Oscura de Victoria; y Los Pastales de Renaco, en Cholchol, con la intención de ocuparlos ilegalmente.

Es posible establecer que el acusado hurtó madera del predio usurpado denominado Los Pastales de Renaco”, precisó la jueza Pinilla.

Lo propio se hizo respecto a los ataques armados en contra de funcionarios policiales que acudieron en el marco de procedimientos a los fundos usurpados.

“El imputado ha cometido dos delitos de usurpación violenta en contra de las víctimas con fecha 10 de febrero de 2021 y 12 de marzo del mismo año. En tanto, con violencia e intimidación, ocupó un inmueble privado, repeliendo además la ocupación del legítimo poseedor. Un delito de hurto simple en contra de Bosques Cautín, cometido el 12 de marzo de 2021, en cuanto a que sin la voluntad de su dueño, con ánimo de lucrar, se apoderó de madera; y un delito de atentado en contra de la autoridad a mano armada, cometido en contra de dos funcionarios de Carabineros en servicio activo”, detalló.

Rocío Pinilla también añadió que la prueba de descargo no fue capaz de introducir una duda razonable de los hechos imputados.