Un nuevo flanco se abrió para el ministro de Justicia, Fernando Rabat, tras los cuestionamientos por las rebajas de condena concedidas a 56 personas sentenciadas por delitos sexuales contra menores, quienes quedaron en libertad. Ahora, se reveló que tres ciudadanos venezolanos que se identificaron como integrantes del Tren de Aragua también accedieron al beneficio.
Según consignó el medio Interferencia, los tres formaban parte de un grupo de cuatro venezolanos detenidos en diciembre de 2021 en La Serena, tras intimidar a mujeres migrantes y exigirles pagos semanales a cambio de permitirles ejercer el comercio sexual.
Los sujetos se presentaron ante las víctimas como integrantes del Tren de Aragua y, aunque no fueron condenados por pertenecer a esa organización criminal ni se les imputó el delito de secuestro, fueron formalizados por robo con intimidación y porte ilegal de armas prohibidas y municiones. Posteriormente, en agosto de 2022, fueron condenados a cinco años y un día de presidio.
De acuerdo con el citado medio, ahora, tres de los condenados recibieron rebajas de pena durante la actual administración. Franyorkin Aramburu Hernández obtuvo una reducción de nueve meses, mientras que Winder Marott Morán y Jhonder Ollarves Berbesi consiguieron rebajas de tres meses cada uno.
Los decretos correspondientes a Aramburu y Marott fueron firmados por el ministro de Justicia, Fernando Rabat, el 6 de julio y el 4 de septiembre, respectivamente. En tanto, el documento de Ollarves fue suscrito el 7 de septiembre por el subsecretario de Justicia, Luis Silva, en calidad de ministro subrogante.
La denominada “Doctrina Rabat”
Los documentos justificaron las reducciones con el criterio que ha defendido el Ministerio de Justicia, conocido como la “Doctrina Rabat”.
Concretamente, según Interferencia, los decretos citan un fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que establece que, si no se configuran las causales de exclusión contempladas en el artículo 17 de la ley, el Ministerio de Justicia “no está habilitado para denegar” el beneficio por la gravedad del delito cometido ni por el bien jurídico protegido.
Además, los documentos invocan jurisprudencia de la Corte Suprema para sostener que, si se cumplen los requisitos legales, la cartera debe dictar el decreto que concede la rebaja.
Así, el Ministerio argumenta que no puede rechazar estas solicitudes, pues, según su interpretación, la ley y la jurisprudencia no le permiten hacerlo.
Dos condenados ya están libres
La investigación de Interferencia también señala que los tres condenados recibieron la calificación de comportamiento sobresaliente exigida para acceder a la rebaja, pese a que durante su permanencia en prisión acumularon antecedentes por faltas al régimen penitenciario.
En el caso de Aramburu, incluso, la Comisión de Libertad Condicional habría rechazado su solicitud de salida anticipada en octubre de 2025.
Antes de aplicar las reducciones, los cuatro condenados debían cumplir sus penas hasta el 8 de diciembre de 2026. Sin embargo, los decretos adelantaron las fechas de término de las condenas de Marott y Ollarves, quienes abandonaron la cárcel el 9 y el 10 de septiembre, respectivamente.
En el caso de Aramburu, la rebaja fijó como nueva fecha de salida el 8 de marzo de 2027.
Contexto de relaciones entre Chile y Venezuela
Otro aspecto abordado por Interferencia es que los decretos se firmaron después de que Chile y Venezuela restablecieran sus relaciones diplomáticas, el 30 de julio.
El acercamiento entre ambos países era relevante para avanzar en las expulsiones de ciudadanos venezolanos condenados por delitos en Chile, una de las medidas de seguridad comprometidas por el Gobierno.
En ese contexto, la investigación plantea que una eventual coordinación podría haber permitido evaluar alternativas para evitar la salida anticipada de los condenados y avanzar en su eventual expulsión.