Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.
El Tribunal Constitucional rechazó el recurso presentado por senadores de oposición contra las Reglas del Uso de la Fuerza, debido a que fue interpuesto después de la promulgación de la ley, siendo considerado extemporáneo. En su resolución, se destaca que el requerimiento se presentó fuera de los límites temporales establecidos por la Constitución y la ley, por lo que no procede su revisión.
El Tribunal Constitucional confirmó este jueves la inadmisibilidad del recurso presentado por los senadores de oposición por el proyecto de Reglas del Uso de la Fuerza.
Debido a que la iniciativa ya fue promulgada, el recurso presentado el 9 de octubre de 2026 es extemporáneo, al haberse deducido con posterioridad al ingreso del decreto promulgatorio de la ley a la oficina de partes de la Contraloría General de la República.
“El requerimiento fue formulado fuera de la oportunidad que la Constitución y la ley fijan como límite infranqueable para el ejercicio de esta competencia. La circunstancia de haberse deducido dentro del quinto día del despacho del proyecto no altera esta conclusión, pues ambos constituyen límites temporales independientes, esto es, la observancia del tope máximo del quinto día no habilita a requerir una vez efectuada la promulgación, desde que esta cierra por sí sola la oportunidad, aunque aquel plazo no se encuentre vencido”, se lee en la resolución.
A su vez, se detalla que el tribunal se encuentra habilitado para conocer de un requerimiento de inconstitucionalidad en la medida en que sea deducido dentro de la oportunidad establecida directamente en la Constitución. “Conocer de un requerimiento formulado con posterioridad a dicha oportunidad importaría arrogarse una competencia que la Carta Fundamental no confiere, en infracción de sus artículos 6° y 7°, que obligan a todos los órganos del Estado a actuar dentro del marco de sus atribuciones”.
Es preciso indicar que los parlamentarios buscaban declarar inconstitucionales ciertos pasajes referidos a la seguridad militar/nacional y al Código de Justicia Militar dentro de la nueva Ley de Uso de la Fuerza.
Nuestra sección de OPINIÓN es un espacio abierto, por lo que el contenido vertido en esta columna es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial de BioBioChile
Estamos recopilando más antecedentes sobre esta noticia, quédate atento a las
actualizaciones.
Alerta de Spoiler
Este artículo podría contener información clave sobre la trama de un libro, serie o
película.
Advertencia de imágenes explícitas
¡Cuidado! Las imágenes de este artículo pueden herir la sensibilidad de algunas personas.
VER RESUMEN
Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.
{{ post.resumen_de_ia }}
Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por
lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia
dicte sentencia en su contra. (Artículo 04 del Código Procesal Penal)
Violencia contra la mujer
Si eres víctima o testigo de violencia contra la mujer, denuncia al
149 de Carabineros, recibe orientación llamando al
número corto 1455 del Sernameg o pulsa para
usar el chat de orientación Sernameg
Suicidio
Si necesitas ayuda psicológica especializada o conoces a alguien que la requiera, el Ministerio
de Salud tiene un teléfono de ayuda atendida por profesionales todos los días del año y las 24 horas,
marcando desde celulares el *4141. Además, puedes recurrir a Salud Responde en el 600 360 7777.
Las personas sordas pueden recibir asistencia ingresando a
este enlace.
Transporte privado
Las aplicaciones de transporte privado pagado aún no se encuentran normadas por la legislación chilena.
Estudio científico
Este artículo se basa en un estudio científico que puede ser sometido a nuevas pruebas para ser validado o descartado. Sus resultados NO deben considerarse concluyentes.