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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Subsecretaría de Prevención del Delito aclaró que la propuesta de reglamento de la Ley de Seguridad Municipal no añade nuevas causales para destituir alcaldes, pese a los reclamos de estos. El artículo en cuestión regula el nombramiento de personal municipal, sin introducir cambios en las responsabilidades del alcalde. El reglamento aún está en proceso y se ajustará tras la aprobación de la "ley corta" de seguridad municipal.

Este martes, la Subsecretaría de Prevención del Delito aclaró que la propuesta de reglamento de la Ley de Seguridad Municipal no establece nuevas causales ni amplía las actualmente vigentes para la destitución de alcaldes. Pese a ello, alcaldes señalaron que resulta poco convincente que haya sido necesario salir a aclarar este punto.

A través de un comunicado, descartaron las versiones publicadas durante las últimas horas, que sostienen que el artículo 8° de la propuesta establecería, por vía reglamentaria, una nueva causal de cesación en el cargo de jefe comunal.

El escrito explica que dicho artículo regula el deber de los municipios de verificar el cumplimiento de los requisitos para el nombramiento del director de seguridad pública municipal y de inspectores de seguridad municipal. Además, establece la obligación de remitir la nómina trimestral de estos últimos a Carabineros y a la Subsecretaría, conforme a lo dispuesto en el artículo 24 de la Ley N° 21.802.

En este sentido, indicaron que la norma señala que el incumplimiento de estos deberes da lugar a responsabilidades administrativas, las que, cuando recaen en el alcalde, pueden configurar la causal de notable abandono de deberes, contemplada en la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.

Por ello, desde la subsecretaría sostienen que esta causal ya se encuentra establecida en la legislación vigente hace décadas y que no es creada por el reglamento.

“El notable abandono de deberes, según el artículo 60 de la LOC de Municipalidades, se configura cuando el alcalde transgrede, inexcusable y manifiesta o reiteradamente, las obligaciones que le imponen la Constitución y las normas que regulan el funcionamiento municipal. El reglamento no modifica ni amplía esta definición”, detalla el comunicado.

En esa línea, indicaron que “la eventual responsabilidad del alcalde por el incumplimiento de estos deberes -al igual que respecto de cualquier otra obligación legal municipal- se hace efectiva mediante las reglas generales ya existentes, esto es, a través de un requerimiento ante el Tribunal Electoral Regional respectivo”.

“El reglamento no innova en esta materia ni altera el procedimiento”, aclararon.

El reglamento se encuentra en trámite

Junto con ello, recordaron que el reglamento continúa en trámite ante la Contraloría, que deberá ser retirado y reingresado una vez que el Congreso despache la denominada “ley corta” de seguridad municipal, la que se está tramitando actualmente en el Senado.

“Esto abre un espacio natural para revisar y perfeccionar aspectos de la reglamentación, proceso en el que la Subsecretaría mantiene contacto permanente con los alcaldes del país a través de sus asociaciones, con el objeto de recoger su experiencia práctica e incorporar los ajustes que correspondan”, agregaron.

Finalmente, recalcaron que “no se crea una nueva causal de cesación en el cargo: se explicita la forma de hacer valer una responsabilidad administrativa que, si corresponde, ya está prevista por el legislador orgánico constitucional”.

“¿Cuál es la idea de generar desconfianzas?”

Sobre esta situación se refirió el alcalde de Lo Barnechea, Felipe Alessandri, quien dijo que la redacción sigue siendo confusa y aseguró que “varios alcaldes nos sorprendimos”.

“Demuestra una falta de tino, de cariño hacia los municipales, hacia los alcaldes, porque si la causal ya está, ¿cuál es la idea de nuevamente generar estas desconfianzas? Obviamente, si uno falta a la probidad, como cualquier funcionario público, está expuesto a la destitución”, explicó.

Finalmente, sostuvo que resulta poco convincente que la autoridad haya tenido que salir a aclarar el alcance de la norma.

“Y claramente, cuando la redacción no se basta por sí sola, genera estas distintas interpretaciones”, dijo.

“Yo llamaría al Gobierno, que apoyamos su medida de seguridad, a hacer la labor prelegislativa, a convocar a las asociaciones de municipalidades que siempre están dispuestas a colaborar, porque este tipo de errores no favorece la relación Gobierno-alcalde y genera estas dudas que nos han tenido analizando estos documentos desde ayer en la tarde”, culminó.