El Gobierno decidió recurrir al Tribunal Constitucional (TC) para impugnar el artículo de la denominada megarreforma que establece la reconexión gratuita de servicios básicos en zonas declaradas en estado de catástrofe.
La presentación sostiene que el artículo 31 del proyecto de ley para la Reconstrucción Nacional y el Desarrollo Económico y Social vulnera el artículo 69 de la Constitución, debido a que fue incorporado durante la tramitación legislativa sin tener una relación directa con las ideas matrices de la iniciativa.
En concreto, la norma obliga a las empresas concesionarias de distribución eléctrica, servicios sanitarios y distribución de gas a reconectar gratuitamente a usuarios residenciales y micro, pequeñas y medianas empresas ubicadas en zonas bajo estado de catástrofe, incluso cuando la desconexión se haya producido antes de la declaración de dicha condición.
El texto establece además plazos máximos de 48 horas para electricidad y gas, y de 24 horas para agua potable y alcantarillado. También prohíbe cobrar por la reconexión y contempla compensaciones en caso de incumplimiento.
Sin embargo, el requerimiento del Ejecutivo apunta a la forma en que esta regulación fue incorporada al proyecto. Según La Moneda, la iniciativa original estaba enfocada en financiar y acelerar la reconstrucción de las zonas afectadas por los incendios de enero de 2026 y en promover la reactivación económica.
El mensaje presidencial no contemplaba modificaciones al régimen de reconexión de servicios básicos ni cambios a la Ley 16.282, por lo que el Gobierno sostiene que la disposición fue incorporada posteriormente mediante una indicación parlamentaria.
Quiroz: “Esto está fuera de la idea matriz”
El ministro de Hacienda, Jorge Quiroz, explicó la decisión del Ejecutivo y marcó una diferencia con la alternativa de recurrir a un veto.
“Estamos siendo apegados a la institucionalidad. Esto está fuera de la idea matriz”, afirmó el secretario de Estado.
Quiroz recordó que el Gobierno ya había formulado una reserva de constitucionalidad durante la tramitación legislativa, precisamente por considerar que la disposición no guardaba relación con el objeto original de la iniciativa.
“Cuando se dicta algo fuera de la idea matriz, normalmente se arriesga a que se cometan errores”, sostuvo.
Con todo, el titular de Hacienda aclaró que el Ejecutivo no está necesariamente en contra de establecer una regulación especial para los servicios básicos durante situaciones de catástrofe.
“No estamos cerrados, en ningún caso, a que se haga algún tipo de norma especial para el tipo de catástrofe con estos servicios, pero que se redacte bien y a lo mejor sea algo como artículo único”, planteó.
En esa línea, Quiroz señaló que la posición del Gobierno no implica descartar el fondo de la propuesta, sino cuestionar la manera en que fue incorporada al proyecto.
“Pensamos que es una idea que tal vez incluso se podría perfeccionar, pero es mejor hacerla bien de un comienzo y, por lo tanto, recurrimos al TC porque se está infringiendo un principio de institucionalidad al cual nos queremos apegar”, explicó.
Gobierno optó por el TC en vez de un veto
Consultado sobre por qué el Ejecutivo no optó por un veto aditivo o sustitutivo para corregir la disposición, el ministro respondió que la decisión también estuvo marcada por los tiempos de tramitación.
“Nos interesa ir rápido con el proyecto de ley. El veto aditivo tiene más un tiempo de tramitación distinto y pensamos que esta es la forma de hacerlo”, señaló.
En el requerimiento presentado ante el TC, el Gobierno solicita que el artículo 31 sea declarado inconstitucional y que, por tanto, sea excluido del texto que se remita a promulgación.
El Ejecutivo enfatiza que su presentación tiene un alcance acotado y que no busca impugnar el resto de la megarreforma. De acogerse el requerimiento, la pretensión es que únicamente se elimine la disposición cuestionada, manteniéndose las demás medidas del proyecto de reconstrucción y reactivación económica.
La tesis central de La Moneda es que el Congreso puede discutir una regulación sobre la reconexión de servicios básicos en situaciones de catástrofe, pero debe hacerlo mediante un proyecto o disposición que respete las reglas constitucionales de formación de la ley y que guarde relación directa con las ideas matrices de la iniciativa en que se incorpora.