Una auditoría interna del Ministerio del Medio Ambiente que dirige Francisca Toledo terminó abriendo un complejo flanco sobre uno de los procesos participativos más relevantes de la implementación del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP).
Tras varios meses de revisión administrativa, la cartera concluyó que el proceso de consulta indígena realizado durante 2025 presenta una serie de irregularidades que comprometen la integridad del expediente administrativo y que, a juicio de la actual administración, impiden acreditar correctamente cómo se desarrolló y cerró una etapa obligatoria establecida en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo.
La conclusión quedó plasmada en la Resolución Exenta N.º 04158, firmada el 27 de julio por la ministra del Medio Ambiente, Francisca Toledo, mediante la cual se inicia formalmente un procedimiento destinado a invalidar tanto el Acta de Acuerdos y Desacuerdos suscrita durante el Diálogo Nacional como la resolución que declaró concluido el proceso de consulta indígena el 10 de marzo de 2026, apenas un día antes del término del gobierno del Presidente Gabriel Boric.
La resolución constituye el resultado de un trabajo de revisión iniciado tras el cambio de administración y que también incorporó antecedentes surgidos a raíz del recurso de protección presentado por la Comunidad Atacameña de Socaire ante la Corte de Apelaciones de Antofagasta, acción judicial que cuestionó precisamente la forma en que concluyó la consulta indígena.
Una auditoría que reconstruye el proceso
Según pudo establecer Radio Bío Bío a partir de la resolución exenta, la minuta técnica elaborada por el ministerio y antecedentes recopilados por fuentes que conocen el desarrollo del proceso, las observaciones no apuntan únicamente al extravío de un documento.
La investigación administrativa reconstruye toda la secuencia que terminó con el cierre de la consulta y concluye que existieron deficiencias en la trazabilidad documental, actuaciones sin respaldo administrativo formal y un expediente que nunca logró completarse antes de que la autoridad resolviera dar por finalizado el procedimiento.
Todo ello ocurre en una consulta indígena que era requisito para dictar tres reglamentos fundamentales para la implementación de la Ley 21.600 que creó el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas: el Reglamento del Sistema Nacional de Áreas Protegidas, el Reglamento de Concesiones y Permisos y el Reglamento de Sitios Prioritarios.
Un diálogo nacional millonario
Los antecedentes revisados por este medio muestran que el proceso completo de consulta indígena significó un gasto cercano a 1.200 millones de pesos.
Sólo el denominado Diálogo Nacional —realizado entre el 18 y el 20 de diciembre de 2025 en la Región Metropolitana— demandó más de 230 millones de pesos, instancia en la que representantes indígenas provenientes de distintas regiones debían alcanzar acuerdos sobre quince materias relacionadas con la futura regulación del SBAP.
Pero la actual administración sostiene que el costo económico no terminó ahí.
La minuta elaborada por el Ministerio señala que durante 2026 debieron cancelarse facturas correspondientes al proceso realizado el año anterior por un monto superior a 300 millones de pesos, obligaciones que habían quedado pendientes de pago y fueron traspasadas desde la administración anterior.
Fuentes conocedoras del proceso sostienen que la organización del diálogo nacional fue desarrollada en tiempos acotados y bajo una coordinación radicada directamente en el gabinete del entonces subsecretario del Medio Ambiente, Maximiliano Proaño, situación que —afirman— alteró la estructura habitual mediante la cual el ministerio desarrolla este tipo de consultas indígenas. Ese antecedente, sin embargo, no aparece expresamente contenido en la resolución exenta, por lo que corresponde atribuirlo únicamente a fuentes conocedoras del proceso.
El documento que desapareció
El principal hallazgo de la auditoría dice relación con el Acta de Acuerdos y Desacuerdos.
La resolución administrativa señala que, una vez concluido el Diálogo Nacional, durante la madrugada del 21 de diciembre de 2025, representantes indígenas, la entonces ministra Maisa Rojas y el entonces subsecretario Maximiliano Proaño firmaron el documento que debía dejar constancia oficial de los acuerdos alcanzados.
Sin embargo, el listado original de firmas nunca llegó al expediente administrativo. La resolución sostiene expresamente que dicho listado “no fue entregado por el gabinete ministerial a la coordinadora de la actividad al finalizar la jornada, produciéndose el extravío de éste”.
Ese documento era precisamente el respaldo que acreditaba qué representantes indígenas aprobaron el acta y cuáles no.
La reconstrucción de firmas
Frente a la pérdida del documento, durante enero de 2026 comenzó un proceso destinado a reconstruir las firmas. Pero la propia investigación concluyó que dicho procedimiento nunca fue formalizado.
La resolución señala que no existe constancia de actos administrativos ni instrucciones oficiales que ordenaran iniciar la reconstrucción del listado extraviado. Pese a ello, el gabinete ministerial solicitó informalmente a las Secretarías Regionales Ministeriales contactar nuevamente a los representantes indígenas para pedirles volver a firmar el acta.
El resultado estuvo lejos de reconstruir el expediente. De los 101 representantes que asistieron a la jornada final del diálogo, sólo se recuperaron 53 firmas, de las cuales únicamente 50 correspondían efectivamente a personas presentes ese día. Es decir, 51 representantes nunca volvieron a firmar el documento.
Comunidades que nunca fueron ubicadas
La resolución incluso detalla qué ocurrió con quienes no firmaron. Cinco representantes jamás fueron contactados. Veinticuatro no respondieron a las gestiones realizadas por las autoridades regionales.
Doce manifestaron verbalmente que no volverían a firmar y siete remitieron cartas expresando la misma decisión. Otros tres enviaron correos electrónicos manifestando su aprobación del contenido del acta.
Finalmente, el propio ministerio concluyó que respecto de 29 representantes no existe ningún antecedente que permita establecer si aprobaron o rechazaron el Acta de Acuerdos y Desacuerdos, situación que, según la resolución, incumple directamente las obligaciones establecidas en el Reglamento de Consulta Indígena.
El cierre igualmente se produjo
Pese a todo ese escenario, el Ministerio del Medio Ambiente dictó el 10 de marzo de 2026, es decir, un día antes de entregar el poder al gobierno de José Antonio Kast, la resolución que dio por terminado el proceso de consulta indígena.
La actual administración sostiene que esa decisión se adoptó cuando el expediente aún presentaba inconsistencias relevantes y sin que existieran todos los antecedentes exigidos por la normativa.
Por ello, la resolución concluye que el Acta de Acuerdos y Desacuerdos fue emitida “sin cumplir con los requisitos esenciales” previstos en el Reglamento de Consulta Indígena y agrega que esos vicios se proyectan sobre la resolución que declaró cerrado el proceso.
Lo que viene ahora
La Resolución Exenta N.º 04158 no invalida inmediatamente los actos administrativos.
Lo que hace es iniciar formalmente ese procedimiento, conforme al artículo 53 de la Ley 19.880, convocando a representantes de comunidades indígenas y a todos quienes pudieran verse afectados para que participen en audiencias públicas —presenciales y telemáticas— durante septiembre y presenten observaciones antes de que el Ministerio adopte una decisión definitiva.