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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La justicia acogió un recurso de amparo presentado por Carlos Cancino, conocido como el "Rana", dejando sin efecto la prisión preventiva por la muerte del suboficial mayor Marcos Cosme, pero aún seguirá detenido por el homicidio de Eugenio Naín en La Araucanía. La defensa argumentó que se incumplieron requisitos legales, ya que Cancino ya cumplía prisión preventiva en Temuco. El abogado afirmó que la resolución era ilegal y la Corte de Apelaciones de Valdivia acogió el recurso al considerar improcedente decretar prisión preventiva a quien no cumple condena.

La justicia acogió un recurso de amparo presentado por Carlos Cancino -alias el “Rana”- y dejó sin efecto la prisión preventiva decretada por el Juzgado de Garantía de Valdivia por la muerte del suboficial mayor de Carabineros, Marcos Cosme.

Sin embargo, se mantendrá privado de libertad por el homicidio del también suboficial mayor, Eugenio Naín, ocurrido en la región de La Araucanía.

La defensa del “Rana” no estuvo conforme con la resolución que dejó tras las rejas al sujeto por el crimen de dos carabineros, luego de su captura en un procedimiento que se realizó en el sector costero de Valdivia.

Para revertir el dictamen, presentaron un recurso de amparo afirmando que se incumplieron con los requisitos legales para decretar la prisión preventiva anticipada, solicitada por el Ministerio Público en la formalización.

Lo anterior, considerando que el imputado ya cumplía dicha medida cautelar decretada por el Juzgado de Garantía de Temuco por el crimen del suboficial mayor Eugenio Naín.

El abogado defensor, Juan Pablo Alday, explicó que la prisión preventiva anticipada solo se puede dictar cuando una persona está cumpliendo una condena en otra causa, haciendo énfasis en que la resolución del tribunal de Valdivia fue ilegal.

“Esa resolución estimamos que es ilegal, no está dentro de los supuestos para que se decretara la prisión preventiva anticipada, que es la única forma en que pueda coexistir una prisión preventiva en forma previa a que se cumpla, por ejemplo, una condena. Entonces, como no está fuera de los supuestos de la prisión preventiva anticipada, estimamos que era ilegal la resolución del juez de Garantía y que afectaba la libertad personal de nuestro representado”, precisó Alday.

El recurso de amparo fue acogido por la primera sala de la Corte de Apelaciones de Valdivia, al establecer que es improcedente que se decrete prisión preventiva a una persona que no está cumpliendo ninguna condena.

De esta forma, la justicia dejó sin efecto la resolución del Juzgado de Garantía de Valdivia.

Eso sí, Carlos Cancino continuará privado de libertad por el dictamen del tribunal de Temuco en la causa por el crimen del suboficial Naín.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)