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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

La Asociación Nacional de Fiscales mostró inquietud por reasignación del Caso Procultura liderado por fiscal Cooper, tras fallo de la Corte de Apelaciones de Antofagasta, que declaró ilegales escuchas a Josefina Huneeus. Criticaron opiniones políticas en el fallo, que comparó prácticas de dictadura.

La Asociación Nacional de Fiscales expresó este sábado su preocupación por la reasignación de la investigación del caso ProCultura, que era liderado por el fiscal regional de Coquimbo, Patricio Cooper, a raíz del fallo de la Corte de Apelaciones de Antofagasta que declaró ilegales las escuchas telefónicas a Josefina Huneeus, exesposa de Alberto Larraín.

En dicho fallo se argumentó que “no solo se ha infringido la obligación general de fundamentación que ordena el artículo 36 del Código Procesal Penal y todos y cada uno de los requisitos y obligaciones que impone el artículo 222 del mismo texto legal, sino que se han validado actuaciones policiales al amparo de quien dirige la investigación, propias de tiempos pretéritos de la República, donde las garantías fundamentales de los ciudadanos eran vulneradas por agentes del propio Estado”.

Justamente ese argumento es el que generó preocupación en la Asociación Nacional de Fiscalía, desde donde indicaron —a través de un comunicado— que en los fundamentos de la Corte de Apelaciones de Antofagasta se emite “opiniones de carácter políticas y no jurídicas, tales como comparar las actuaciones del Ministerio Público con prácticas realizadas durante la ‘dictadura’, cuestión que nos parece un exceso y que las y los fiscales no podemos obviar”.

Es por ello que esperan que “la Excelentísima Sala Penal de la Corte Suprema, pondere ese tipo de desafortunadas comparaciones que hizo una sala de la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Antofagasta”.

Para finalizar, reforzaron que la “Fiscalía respeta y ajusta su actuar a los principios de legalidad y objetividad, propios de un Estado de Derecho, sometiendo, además, las peticiones de medidas intrusivas a los órganos jurisdiccionales establecidos en la ley, a los órganos jurisdiccionales establecidos por la ley, que son los juzgados de garantía, con la observancia del pleno y absoluto respeto a los derechos fundamentales de todas y todos los ciudadanos involucrados en la persecución penal”.

Tras la decisión de remover a Cooper, el fiscal nacional Ángel Valencia dejó a cargo de esta indagatoria a Juan Castros Bekios, quien presentó una apelación de lo resuelto por el tribunal de alzada antofagastino ante la Corte Suprema.

Sobre los argumentos del fallo, el fiscal regional de Antofagasta afirmó que “son manifestaciones que encuentran sintonía con opiniones personales o consideraciones de orden político; o bien, y en caso de que se discrepe de la naturaleza de las mismas, resulta necesario consensuar que, a lo menos, son menciones que se alejan notoriamente de todo espectro jurídico”.