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Resumen generado con una herramienta de Inteligencia Artificial desarrollada por BioBioChile y revisado por el autor de este artículo.

En Chile, las personas cesantes pueden acceder a beneficios como el Seguro de Cesantía, el Fondo de Cesantía Solidario y el Subsidio de Cesantía, brindados por el Estado y entidades públicas para apoyar su búsqueda de empleo. Estas ayudas son especialmente relevantes ante la tasa de desocupación del 8,3% informada por el INE. El Seguro de Cesantía se activa al quedar sin trabajo y permite giros mensuales, mientras que el Fondo de Cesantía Solidario ofrece apoyo en casos específicos. Por su parte, el Subsidio de Cesantía, pagado por el IPS o cajas de compensación, otorga asistencia monetaria decreciente en el tiempo y otros beneficios. Es necesario cumplir requisitos específicos para acceder a cada beneficio, como cotizaciones previas y registro en entidades correspondientes.

En Chile, las personas cesantes pueden acceder a ciertos beneficios mientras están en la búsqueda de un nuevo empleo.

Se trata de aportes monetarios entregados por el Estado y entes públicos, los cuales se otorgan por un tiempo determinado, como el Seguro de Cesantía, el Fondo de Cesantía Solidario y el Subsidio de Cesantía.

Estas ayudas pueden ser claves en el contexto actual. Y es que recientemente, el Instituto Nacional de Estadísticas (INE) informó que la tasa de desocupación en Chile durante el trimestre noviembre 2025-enero de 2026 se situó en 8,3%.

Conoce a continuación qué ofrecen estas ayudas y cuáles son los requisitos para obtenerlas.

Beneficios para personas cesantes

Seguro de Cesantía

Consiste en una Cuenta Individual de Cesantía (CIC), gestionada por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), que va financiándose con el 3% de las remuneraciones imponibles de un trabajador dependiente con contrato indefinido, plazo fijo, por obra o por servicio.

Una vez que una persona queda sin trabajo, se activa el seguro, permitiendo que el trabajador lo retire mediante giros mensuales. Los requisitos para extraer el dinero desde la CIC son:

Estar cesante.
Haber tenido un contrato regido por el Código del Trabajo.
Tener cédula nacional chilena.
Si el beneficiario tuvo contrato indefinido o fue trabajador de casa particular, necesita demostrar 10 cotizaciones.
Los empleados que tuvieron contrato fijo o por obra necesitan demostrar 5 cotizaciones.

Obtén más información sobre tus fondos y cómo cobrarlos ingresando al portal de la Administradora de Fondos de Cesantía, con tu RUN y ClaveÚnica, o con clave AFC.

Fondo de Cesantía Solidario

El trabajador puede solicitar el Fondo de Cesantía Solidario cuando no tenga recursos suficientes en su CIC al momento de perder su trabajo por: necesidad de la empresa, quiebra del empleador, vencimiento del plazo convenido en el contrato, conclusión del trabajo o servicio que dio origen al contrato, caso fortuito o fuerza mayor, consigna ChileAtiende.

El beneficio puede solicitarse hasta 10 veces en 5 años. Para tener derecho al Fondo de Cesantía Solidario, las personas deben cumplir con lo siguiente:

Estar cesantes al momento de la solicitud.
Tener recursos insuficientes en la cuenta individual de cesantía.
Contar con 10 cotizaciones pagadas en el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses anteriores al despido.
Las tres últimas cotizaciones deben ser continuas y con el mismo empleador.
Tener una cuenta activa en la Bolsa Nacional de Empleo y aceptar las oportunidades laborales y de capacitación que esta ofrece.

El mismo portal de la AFC es el sitio donde se realiza el trámite para cobrarlo.

Subsidio de Cesantía

El último de los beneficios dirigidos a las personas cesantes es pagado por el Instituto de Previsión Social (IPS) o cajas de compensación, y consiste en un aporte monetario mensual, que se entrega por casi un año y que además ofrece asistencia médica gratuita, así como distintas asignaciones económicas por miembros de la familia del beneficiado o por muerte de uno de ellos.

Respecto a los recursos monetarios, la Superintendencia de Seguridad Social (Suseso) indica que estos son decrecientes en el tiempo.

Los primeros 90 días se entrega $17.338 por mes.
Entre los 91 y los 180 días: $11.560 mensuales.
Entre los 181 y los 360 días: $8.669 por mes.

Para acceder al Subsidio de Cesantía, los trabajadores deben:

– Tener, al menos, 12 meses (52 semanas) continuas o discontinuas de imposiciones en cualquier régimen previsional afecto al sistema, dentro de los dos años anteriores a la fecha de cesantía.
– Estar inscrito en el registro de cesantía de la municipalidad que corresponda a su lugar de residencia.
– Estar inscrito en el registro de cesantes del IPS o caja de compensación.
– Haber perdido el empleo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.
– Haber firmado el contrato de trabajo antes del 2 de octubre de 2002 (si fue firmado después de esa fecha, el trabajador cesante puede acogerse al régimen del seguro de cesantía pagado por la AFC).

Consulta el portal de ChileAtiende para revisar los documentos que deberás presentar para solicitarlo y los puntos de atención para hacer el trámite.