A través de una circular, el gobierno aclaró que la Dirección del Trabajo estará encargada de fiscalizar si un trabajador podrá o no estar excluido de la nueva jornada laboral por la ley de 40 horas.

Si bien ya han pasado días desde la entrada en vigencia de la primera fase de la Ley que reduce la jornada laboral a 40 horas, las que se implementarán de manera gradual hasta el año 2028, hay mucha expectación sobre cómo se dará el cumplimiento de esta normativa, donde la Dirección del Trabajo tendrá un rol importante en la fiscalización.

Esto, ya que han surgido dudas respecto a la limitación de la normativa. Recordemos que se limitó la aplicación del artículo 22 a gerentes, administradores y a aquellos que trabajan sin fiscalización superior inmediata. Es decir, que en estos casos, las personas estarán exentas de la aplicación de la ley de 40 horas.

Sin embargo, en caso de existir controversia y a solicitud de cualquiera
de las partes de la relación laboral, el inspector del Trabajo resolverá si una determinada labor se encuentra o no exenta de jornada laboral.

Jorge Arredondo Pacheco, abogado, director del Grupo Laboral del estudio Albagli Zaliasnik, explicó que si existe un artículo 22 mal aplicado, se requiere una denuncia previa para que el caso sea estudiado por la DT, y vea o no la posibilidad de aplicar una multa.

Pero, si existe una reclamación judicial, se inhibe la facultad sancionatoria, esperando que sea un tribunal el que resuelva esta controversia.

Recién hablamos de la controversia sobre los trabajadores que quedan excluidos de la nueva jornada laboral. Sin embargo, otro punto que genera dudas es la fiscalización para el cumplimiento de las 44 horas semanales.

Los fiscalizadores cursarán multas en el caso de no cumplir con la normativa, aunque las micro y pequeñas empresas tendrán mayor posibilidad de realizar cambios en el caso de un incumplimiento.

A diferencia de las empresas más grandes, que según el ministerio del trabajo, tienen una capacidad distinta y han sido asesorados en todo este tiempo.

Cristian Aguayo, Socio de AEM Abogados, indicó que hay incertidumbre sobre cómo la autoridad fiscalizadora va a ejecutar su labor, sobre todo porque mediáticamente ha hecho un sinfín de advertencias, pero en la práctica, la capacidad de fiscalización de este ente público es acotada a la cantidad de recursos que tiene.

La nueva normativa, en total, contiene 40 infracciones susceptibles de ser sancionadas por la Dirección del Trabajo.

Las multas establecidas fluctúan entre las 3 y las 60 UTM, es decir, entre 196 MIL pesos y los 3 MILLONES 926 MIL PESOS, considerando a la primera como una infracción leve de una micro empresa (1 a 9 trabajadores) y la segunda como una infracción gravísima de una gran empresa (200 y más trabajadores).