Gobierno ingresó la noche del miércoles indicaciones al proyecto de ley corta de isapres, que incluye un mecanismo que reemplaza el alza extraordinaria de planes, por la creación de una prima que deberán calcular y justificar las propias aseguradoras.

El Gobierno ingresó pasadas las 21:00 horas de este miércoles las indicaciones a la ley corta de isapres: Lo más relevante, es el reemplazo del alza extraordinaria de planes, por la creación de una prima que deberán calcular y justificar las propias aseguradoras.

El monto que se proponga debe ser el mínimo necesario para cubrir el costo de las prestaciones, licencias medicas y otros beneficios. Además, no podrá ser un aumento mayor al 10 por ciento respecto de la cotización de julio 2023.

Con esto, La Moneda estaría asegurando que el alza nunca llegue al 41 por ciento, cifra tope que se había reportado en el trámite del Senado.

En un primer estudio, otros elementos que destacan en las indicaciones del gobierno son: Un nuevo procedimiento para verificación del precio GES, que incluye 15 dias para que las Isapres justifiquen el valor y 30 para que la Superintendencia de Salud lo verifique.

También es noticia lo que parece no estar: No se vislumbra la propuesta de algún nuevo mecanismo para reducir la deuda de las Isapres, ni tampoco una postura clara en torno a la posibilidad de devolver los cobros en exceso a los afiliados en acciones o bonos.

Indicaciones de parlamentarios oficialistas

Parlamentarios de gobierno presentaron una indicación en la Ley Corta de Isapres para eliminar el reajuste de planes al 7 por ciento, que redujo en casi 400 millones de dólares la deuda de las isapres.

Adempas, como lo plantea el diputado Hernán Palma, se plantea acortar los 10 años de plazo que tienen para devolver el dinero a los afiliados.

Daniel Lilayu, diputado UDI, señala que se debe cambiar el proyecto para incorporar más ‘solidaridad’ y asegurar la continuidad del modelo de isapres.

En la oposición, dicen que están sin margen de acción. En parte por eso la mayoría de las indicaciones no vienen de la derecha, porque el fallo del Tribunal Constitucional fijó que la llamada ‘mutualización de riesgo’ -y cualquier alternativa similar- toca temas de seguridad social y por tanto, es facultad exclusiva del Presidente de la República.