El diputado Mellado recibió el máximo de la sanción que el reglamento de la Corporación establece, debido a la grabación y difusión a medios de comunicación de una reunión sostenida por parlamentarios de la región de la Araucanía con el presidente Gabriel Boric.

La Comisión de Ética de la Cámara de Diputados y Diputadas, sesionó este martes para resolver el proceso sancionatorio de oficio iniciado en contra del diputado Miguel Mellado (RN), por la grabación y difusión a medios de comunicación de una reunión sostenida por parlamentarios de la región de la Araucanía con el presidente Gabriel Boric.

Recordemos que durante la instancia, también se discutió sobre la sanción en contra de la diputada Catalina Pérez (RD).

“Nosotros como comisión estuvimos conversando, estuvimos analizando muy consensuado y detalladamente cada uno de los aspectos, porque entendemos que esto genera una conmoción pública muy fuerte, sobre todo lo que tiene que ver con la credibilidad de la corporación. Ahora, todo esto también siempre ajustándose a las reglas del debido proceso y del derecho”, manifestó el presidente de la Comisión de Ética, Nelson Venegas.

Al igual que la diputada Pérez, Mellado recibió el máximo de la sanción que el reglamento establece.

“En el caso del diputado Mellado, él presentó una argumentación, presentó una defensa, pero en la propia defensa da cuenta y reconoce que su actuar habría sido indebido. Incluso él solicita las disculpas respecto a este tema, reconociendo que efectivamente ha pasado a llevar las normas de conducta ética que nos debemos entre nosotros y con las autoridades, en este caso con el Presidente de la República”, precisó Venegas.

Mellado es sancionado por la Comisión de Ética

Respecto a cuáles son las sanciones, el presidente de la comisión dijo que “como todavía no está en vigencia el reglamento actual y como estos hechos fueron cometidos con anterioridad al reglamento que acaba de ser modificado, se rige por el reglamento anterior que señala que existe una censura, por una parte, y el máximo de la multa aplicable que corresponde a un 15% de la dieta parlamentaria”.

Al preguntarle si es que en el caso de Pérez y Mellado se aplicó el antiguo reglamento, Venegas explicó que: “Lo que pasa es que ambas conductas, aun cuando todavía no rige este reglamento todavía, pero ambas conductas además se cometieron con el reglamento anterior. Por lo tanto, como nosotros tenemos que asemejarnos a los principios generales del derecho, aquí opera lo que se denomina el principio de in dubio pro reo, es decir, que no puede ser sancionado con una norma posterior, una conducta que se cometió con anterioridad”.

“El hecho de que existan instancias judiciales, por ejemplo en el caso del diputado Mellado y de la diputada Pérez, ellos van a tener un trámite judicial que va a seguir su propio curso de acción, donde todos y todas somos iguales ante la ley”, aclaró el parlamentario.

Venegas sostuvo además que “esta es una corporación, esta es una comisión que tiene que resolver los temas de conducta ética que se dan entre nosotros. Y en ese sentido, más allá de ser una cuestión de carácter jurídico, lo que estamos nosotros previniendo y lo que estamos tratando de resolver son cuestiones de transparencia y de ética, y, por lo tanto, ambos diputados han sido sancionados en esa perspectiva”.

“Generó desconfianza hacia el resto”

En relación a cuál es la causal que se invoca para el diputado Mellado, el presidente de la comisión dijo que “en el caso de haber contravenido primero tres actuaciones. Lo primero es el hecho de haber grabado en un lugar que, aun siendo del Estado, es un lugar público. Segundo, haberlo divulgado. Y lo tercero, que lo consideramos muy grave, es también en haber mentido la opinión pública, porque lo primero que él salió señalando es que él no había sido, y más culpó y generó desconfianza hacia el resto de los diputados y las diputadas. Y después se obtuvo la verdad de los acontecimientos donde él había sido quien había grabado los temas”.