La grabación de una reunión en Cancillería -donde los participantes se referían con un lenguaje soez a una situación que involucraba a un embajador- generó revuelo público en las últimas horas. En la estatal Codelco ocurrió un caso similar, que culminó con el despido de la persona que capturó un audio.

En las últimas horas parte de la agenda noticiosa se centró en una desprolijidad al interior del Gobierno: se filtró a la prensa el audio de una reunión donde la Cancillería debatía -con garabatos incluidos- una respuesta a las críticas del embajador de Argentina en Chile, Rafael Bielsa, por el rechazo del Comité de Ministros al proyecto minero Dominga.

La situación generó diversas críticas en el mundo político y provocó la renuncia de la directora de comunicaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, quien grabó la reunión sin informarle a los presentes y de cuyo celular se habría enviado el mencionado audio.

Un caso en Codelco

Entre 2007 y 2018, Chilena Consolidada le vendió a los sindicatos de Codelco seguros con hasta un 68% de sobreprecios.

La situación quedó al descubierto en enero de 2020, luego de que Baldo Prokurica -en ese entonces ministro de Minería- recibiera una denuncia anónima que le reveló los hechos.

En el contexto de ese caso un ejecutivo de la estatal grabó, sin informarle a los presentes, una reunión con representantes de Chilena Consolidada. El audio luego circuló y el responsable negó haber sido él quien capturó las conversaciones.

Por todo eso fue desvinculado de la minera.

De acuerdo a Diario Financiero, el trabajador acudió hasta la justicia para revertir su despido, el que calificó como “injustificado”; y argumentó que no existían normas internas claras con respecto a la grabación de reuniones.

Añadió que la captura de los diálogos la realizó por orden de un superior.

La justicia -tras varios procesos de parte del desvinculado como de la empresa- falló a favor de Codelco.

El citado medio explicó que en el fallo, la Corte de Apelaciones sostuvo que capturar audios sin informar a los involucrados “de por sí constituye a lo menos una conducta anómala”.

Por último, afirmó que tampoco resultaba “aceptable la ejecución del acto”, aunque haya sido ordenado por una jefatura.