El Consejo de Defensa del Estado (CDE) declaró este lunes que los jóvenes absueltos por quemar el Hotel Principado, igual están condenados por atacar este edificio, pues las absoluciones fueron por hechos ocurridos el 12 de noviembre de 2019 y que mantienen condenas por delitos cometidos el 14 de noviembre del mismo año.

El Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago decretó la absolución de Jesús Zenteno Guíñez, acusado de elaboración de artefacto incendiario en el contexto del incendio que afectó al Hotel Principado de Asturias en noviembre de 2019, en medio del estallido social.

Se trata del segundo juicio oral en este caso, donde los otros dos acusados ya habían sido absueltos.

Según el fallo, la decisión apuntó a que las pruebas obtenidas por Carabineros se consiguieron “sin la debida autorización u orden del organismo persecutor… no pueden sino determinarse como evidencias inválidas, en cuanto obtenidas ilegalmente, en definitiva ilícitas”.

Ante ello, el Consejo de Defensa del Estado (CDE) emitió un comunicado la tarde del lunes, donde recalcan que sólo fue absuelto por los delitos cometidos el día jueves 12 de noviembre de 2019, pero que mantiene la condena por los hechos ocurridos el 14 de noviembre de 2019.

“En referencia al veredicto absolutorio dictado por el Tercer Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Santiago el día de hoy, en favor de Jesús Zenteno, señalar que lo informado hace referencia a los delitos imputados por los hechos ocurridos el 12 de noviembre de 2019, esto es como autor del ilícito de incendio que afectó a inmuebles cercanos al Hotel Principado, manteniéndose para el imputado todas las condenas y la condición procesal de los hechos ocurridos el 14 de noviembre”, dice el comunicado del CDE.

Igualmente, el organismo se refirió al caso de los otros dos imputados que fueron juzgados originalmente con Zenteno, se trata de Matías Rojas y Benjamín Espinoza, quienes fueron absueltos en un segundo juicio en junio pasado.

Al igual que Zenteno, Rojas y Espinoza fueron absueltos por los hechos imputados el 12 de noviembre de 2019, pues también se estimó que hubo irregularidad en la forma en que fueron obtenidas las pruebas condenatorias por parte de Fiscalía.

“Con relación a los hechos del día 12 de noviembre de 2019, y producto del nuevo juicio oral realizado en contra de dos de los tres imputados, con fecha 31 de mayo de 2022 se conoció la decisión absolutoria del 3° Tribunal Oral en lo Penal de Santiago respecto de Benjamín Espinoza y Matías Rojas”, afirma el comunicado del CDE.

“El 28 de junio de 2022, el 8° Juzgado de Garantía de Santiago complementó dicha resolución señalando que respecto de los imputados Benjamín Espinoza Gatica, Matías Rojas Marambio y Jesús Zenteno Guiñez, resultaban condenados, con sentencia firme por el 3° TOP, por los delitos contemplados en la ley de control de armas, a penas privativas de libertad, por los hechos ocurridos el día 14 de noviembre de 2019“, agrega el documento.

De esta forma, y pese a que los 3 fueron absueltos por los hechos ocurridos el 12 de noviembre de 2019, igualmente fueron condenados el ataque incendiario al Hotel Principado, pero en el día 14 de noviembre de 2019.

Matías Rojas fue condenado a 5 años y un día de presidio, como autor de tres delitos de elaboración de artefactos incendiarios. Benjamín Espinoza fue sentenciado a 6 años de presidio como autor de tres delitos de elaboración de artefactos incendiarios y seis delitos de arrojar artefactos incendiarios, y Jesús Zenteno recibió 6 años de presidio como autor de dos delitos de elaboración de artefactos incendiarios y un delito de arrojar artefacto incendiario.