La Corte Suprema condenó a exintegrantes del Ejército y Carabineros por el homicidio de 38 campesinos en Paine, ocurridos en 1973. El máximo tribunal revirtió la decisión de la Corte de Apelaciones de San Miguel, que había aplicado la media prescripción, por considerar que esta figura no puede aplicar para los crímenes de lesa humanidad.

La Corte Suprema condenó a exmiembros del Ejército y Carabineros por el homicidio de 38 campesinos en distintos asentamientos de Paine, ocurridos en 1973.

La Segunda Sala del máximo tribunal acogió los recursos de casación presentados por los querellantes en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de San Miguel, que había aplicado la media prescripción, por considerar que la figura no se debe acoger en los casos de crímenes de lesa humanidad.

A raíz de ello, Jorge Romero Campos y Arturo Fernández Rodríguez, miembros del Ejército (r), fueron condenados a 20 años de presidio por su responsabilidad en los 38 casos de homicidio calificado.

Los 14 primeros hechos ocurrieron entre 24 de septiembre y el 3 de octubre de 1973 en el sector de “El Escorial”. En tanto, los 24 restantes tuvieron lugar entre el 8 de octubre y el 16 de octubre del mismo año en los asentamientos de “Campo Lindo” y “24 de abril”.

José Vásquez Silva, Carlos Lazo Santibáñez, Juan Opazo Vera, Roberto Pinto Labordarie, Jorge Saavedra Meza, Víctor Sandoval Muñoz y Carlos Durán Rodríguez, también retirados del Ejército, fueron sentenciados a 10 años de presidio por estos acontecimientos.

Por otra parte, Raúl Francisco Areyte Valdenegro deberá purgar una pena de 7 años y 6 meses de presidio por su responsabilidad en los 14 homicidios del sector “El Escorial”.

Finalmente, Nelson Iván Bravo Espinoza, oficial de Carabineros (r), deberá pasar 10 años y un día en la cárcel por los secuestros calificados de Ramón Capetillo Mora y Mario Muñoz Peñaloza, cometidos los días 8 y 10 de octubre de 1973.

De acuerdo al fallo, la calificación de crimen de lesa humanidad “obliga a considerar la normativa del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, que excluye la aplicación tanto de la prescripción total como de la llamada media prescripción”.

El abogado Nelson Caucoto, quien representa a familiares de 37 víctimas, se mostró satisfecho del veredicto.

“El máximo tribunal de la República ha dictado sentencia definitiva, en este caso, que habla de una masacre ocurrida hace 49 años en esa localidad rural. Se ha logrado vencer la impunidad, la indolencia y la barbaridad. Lo que ha hecho la Corte Suprema es un acto de sanidad para esos familiares y para la sociedad chilena en general”, señaló

Asimismo, indicó que “uno de los crímenes imperdonables de la dictadura ha sido resuelto por la justicia chilena de manera civilizada”.