Retomando el trabajo de enero, los integrantes de la Comisión Mixta concluyeron la votación de las indicaciones presentadas a la propuesta que modifica el Código Sanitario para regular los medicamentos bioequivalentes genéricos y evitar la integración vertical de laboratorios y farmacias.

Los integrantes de la Comisión Mixta aprobaron las indicaciones del proyecto conocido como Ley de Fármacos 2.

Esta iniciativa pasará a la Comisión de Hacienda para continuar con la tramitación de la propuesta que modifica el Código Sanitario para regular los medicamentos bioequivalentes genéricos y evitar la integración vertical de laboratorios y farmacias.

En los próximos días deberán revisar una norma introducida recientemente, que significa gasto fiscal, tras lo cual el texto podrá ser analizado por la Sala.

Los legisladores de la Comisión Mixta establecieron que las farmacias deberán definir las tarifas de los medicamentos considerando el costo del producto en sí, una tarifa fija y los impuestos asociados.

En la sesión se abordaron los aspectos pendientes, de esta forma se aprobó:

-La tarifa de dispensación (el costo del medicamento que debe pagar un paciente). El valor se definirá considerando el valor del fármaco (lo que le cuesta a la farmacia comprar un remedio al laboratorio) más una tarifa fija que define la farmacia más los impuestos asociados.

-Existirá una Comisión Asesora del Ministerio de Salud (Minsal) que definirá al menos 30 categorías de medicamentos.

Cada una representará grupos de fármacos según su función terapéutica. La intención es que por ejemplo, los analgésicos cuesten aproximadamente lo mismo.

Esta entidad sugerirá las cetegorías y los productos que contemplará cada una.

-La Central Nacional de Abastecimiento (Cenabast) estará obligada a intermediar la compra de medicamentos cuando el Observatorio de Precios señale que existe un problema de acceso por una diferencia sustancial de precios.

También cuando la entidad responda a favor de la petición de intermediación por parte de un prestador, cuando este último lo solicite.

-La Cenabast no estará obligada a intermediar cuando no hay oferentes interesados en proveer medicamentos, y cuando se constate que los problemas de acceso continuarán, entre otros casos.

-Se creará un fondo de 20 millones de dólares para intermediar. Este le permitirá a la Cenabast comprar medicamentos y entregarlos a los establecimientos de dispensación de fármacos que los necesitan.

Finalmente, los integrantes de la Comisión Mixta valoraron el avance alcanzado en los últimos meses. Sin embargo, se dijo que el fin de la integración vertical quedó pendiente, pese a que el terminar la relación comercial que existe entre clínicas, farmacias y laboratorios, era uno de los objetivos de La Ley de Fármacos 2.