Desde comienzos de este mes, los vehículos en la Región Metropolitana (RM) deben limitar sus salidas en auto -u otros vehículos motorizados- cuando les toca cumplir con la restricción vehicular. En el caso de automóviles, station wagons y similares con sello verde inscritos antes del 1 de septiembre del 2011, los dígitos con restricción este martes 9 de junio son 0-1.
La norma también aplica para vehículos sin sello verde. Están restringidos aquellos automóviles cuyas patentes terminen en 0-1-2-3.
Estos últimos tienen prohibición absoluta para circular en el anillo Américo Vespucio, independiente del último dígito de la placa patente.
En el caso de las motocicletas inscritas antes del 1 de septiembre de 2010, se restringe la circulación para las que terminen en 0-1.
La restricción para los mencionados vehículos motorizados rige entre las 7:30 y las 21:00 horas.
Restricción vehicular desde las 10:00 horas
Los buses de transporte privado de personas, buses interurbanos y rurales de pasajeros sin sello verde que terminen en 0-1-2-3 no pueden circular entre las 10:00 y las 16:00 horas.
En tanto, el transporte de carga sin sello verde cuya patente termine en 0-1-2-3 no puede circular de 10:00 a 18:00 horas.
Cabe mencionar que la restricción de vehículos motorizados aplica solo dentro de la provincia de Santiago y comunas de Puente Alto y San Bernardo, de lunes a viernes —salvo festivos—.
En caso de decretarse pre-emergencia ambiental, se informarán los dígitos adicionales que se restringirán, según informa el Ministerio de Transportes.
¿Cuál es la multa por infringir la norma?
La multa por infringir la restricción vehicular oscila entre 1 y 1,5 UTM ($71.506 y $107.259), aunque su valor final depende de los juzgados de policía local.
Los vehículos de personas con discapacidad, enfermedades crónicas o TEA podrán quedar exentos de la restricción vehicular siempre que cuenten con credencial o certificado médico que acredite la condición.
Para ello, requieren una autorización previa de la Seremi de Transportes, que pueden tramitar en https://cerofilas.subtrans.gob.cl/ si son personas naturales. Las personas jurídicas deben hacerlo a través del correo ofiparteseremitrm@mtt.gob.cl.
La medida es fiscalizada por Carabineros, en conjunto con la Unidad de Fiscalización del Ministerio de Transportes y la Red de Cámaras de Televigilancia dispuesta en toda la RM.