El Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago acogió a trámite la querella presentada por el Servel contra Sebastián Izquierdo, luego de emplazar a los apoderados de mesa a hacer "trampa" en el balotaje. Por otra parte, el Octavo Juzgado de la capital se declaró "incompetente" por la acción judicial contra Víctor Chanfreau, exvocero de la ACES, quien llamó a esconder el carnet de identidad a "amigos y familiares" para evitar un eventual triunfo de Kast.

El Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago admitió a trámite la querella interpuesta por el Servicio Electoral contra Sebastián Izquierdo, por llamar a hacer “trampa” en las elecciones presidenciales del domingo pasado.

En concreto, el líder de grupo Capitalismo Revolucionario emplazó a los apoderados de mesa a objetar los votos a favor de Gabriel Boric, lo que sería una infracción al artículo 143 de la Ley de Elecciones Populares y Escrutinios.

“Cabros, vayan y hagan trampa, vayan a ser apoderados de mesa y objeten todos los votos del Boric”, dijo Izquierdo en un video difundido a través de redes sociales.

Ésta no fue la única querella que interpuso el Servel en la previa del balotaje. La institución también ingresó una acción judicial contra Víctor Chanfreau, exvocero de la Asamblea Coordinadora de Estudiantes Secundarios (ACES).

Esto, luego que el dirigente estudiantil llamara a a esconder el carnet de identidad a “amigos y familiares” para evitar una potencial victoria del candidato del Frente Social Cristiano, José Antonio Kast, en los comicios.

Sin embargo, el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago se declaró “incompetente” respecto a esta querella, que fue presentada por una eventual falta al artículo 149 de la Ley 18.700.

Esta decisión fue adoptada atendiendo “el mérito de los antecedentes, lo expresado en el cuarto otrosí de la querella y en la medida que no se indica el lugar donde habría sido grabado el video y que se ha promovido por redes sociales, todo ello unido al domicilio del Servicio Electoral y visto además lo dispuesto en el artículo 157 del Código Orgánico de Tribunales”.

A raíz de ello, los antecedentes serán derivados al Séptimo Juzgado de Garantía de la capital por corresponderle su conocimiento y resolución. Este tribunal deberá determinar si acoge a trámite la acción presentada por el Servicio Electoral.

Querella contra Izquierdo:

Querella contra Chanfreau: