El Cuarto Tribunal Oral en lo Penal acogió la solicitud de la defensa que pidió que la audiencia del juicio contra Marco Enríquez-Ominami no se realizara por videoconferencia, sino presencial, y así garantizar un debido proceso.

El Tribunal reprogramó para el próximo 5 de abril a las 9:00 horas el inicio del juicio oral contra el excandidato presidencial por supuesta infracción en la rendición electoral.

Se estima que la audiencia se prolongue por dos semanas, y la solicitud fue presentada por la defensa del acusado, los abogados Carlos Mora y Ciro Colombara.

El juicio estaba programado, en primera instancia, para el 15 de febrero y luego fue postergado para el 17 de marzo, sin embargo, debido a la imposibilidad de realizarse de manera presencial debido a la emergencia sanitaria, los abogados pidieron que se agendara tan pronto cese el Estado de Excepción Constitucional, para que éste no se realice por videoconferencia ya que, según ha explicado la defensa, “se tratará de un juicio contradictorio que requiere la apreciación personal de la prueba por parte del tribunal y, de esta manera, se garantiza de mejor manera los derechos del acusado”.

El caso

En esta causa, Enríquez-Ominami fue indagado por una supuesta infracción en la rendición de la cuenta ante Servel, hecho por el cual el Ministerio Público propuso una pena de 4 años.

Paralelamente, desde hace siete años enfrenta una investigación por presuntas infracciones tributarias en el denominado caso SQM, cuya audiencia preparatoria de juicio oral se encuentra suspendida.

Precisamente por esta última arista es que el Servicio Electoral suspendió el derecho a voto del líder del PRO, quien el pasado 22 de diciembre presentó una denuncia ante la Comisión Internacional de Derechos Humanos (CIDH) por la suspensión de sus derechos políticos, la vulneración de su presunción de inocencia y la violación de su derecho a ser juzgado en un tiempo razonable, y solicitó medidas cautelares.

Sobre el caso, ME-O señaló que “hace seis años que llevo pidiendo el derecho que tiene todo ciudadano, no sólo en Chile, en este mundo, a que si lo acusan de algo se pueda defender, y no he podido defenderme”.

“Esta vez, juezas tomaron una decisión que yo valoro, lo postergaron por dos semanas, y ahora es el 5 de abril, impostergable, y para mí es una gran noticia (…) después de filtraciones odiosas, violaciones a la ley, una persecución completamente ilegal de un hecho que no cometí…Es evidente que no lo cometí, no hay ninguna prueba que me vincule a nada“, aseguró.

Nuevos abogados

El recurso ante el organismo internacional fue interpuesto a través del abogado Ciro Colombara, quien asumió la representación del excandidato presidencial ante la CIDH.

Según explicaron desde su entorno, en el caso de Enríquez-Ominami se requiere de una estrategia más integral que incorpore no solamente la arista penal, sino que también la arista del derecho administrativo, que implica la suspensión del derecho a sufragio; la arista del derecho constitucional ligada a lo anterior, y además al derecho internacional y a organismos internacionales, como lo es la CIDH, por la vulneración al plazo razonable; a la presunción de inocencia; y al derecho a sufragio por habérsele suspendido aun cuando no ha enfrentado un juicio.

La denuncia, además, fue respaldada por expresidentes de América Latina, entre ellos, por los exmandatarios de Brasil; Luiz Inácio “Lula” da Silva y Dilma Rousseff; el expresidente de Colombia Ernesto Samper; su par por Ecuador Rafael Correa; y el exmandatario de Paraguay, Fernando Lugo; quienes además han calificado el caso de Enríquez-Ominami como lawfare o guerra jurídica.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)