La bancada de Convergencia Social, presentó esta mañana una querella contra quienes resulten responsables de falsear sus giros comerciales para ser calificados como servicios esenciales y así obtener salvoconductos que autoricen a sus trabajadores a acudir a la empresa, pese a operar en comunas donde está decretada cuarentena, violando el artículo 318 ter del Código Penal.

Fundamentaron esta querella en que, según las autoridades de gobierno, sólo en la región Metropolitana, los trabajadores que están autorizados a trabajar ascienden a 2,3 millones de personas, Esta cifra, juicio de varios expertos, dificulta la reducción de la movilidad.

“Sin embargo, investigaciones periodísticas han detectado varios casos en que las empresas se hacen pasar por servicios esenciales y obligan a sus trabajadores a asistir a sus puestos de trabajo, exponiendo la salud de la población y aumentando el riesgo de contagios”, acusaron los diputados.

En consecuencia, recopilaron denuncias anónimas de trabajadores que han sido obligados a acudir a trabajar, aunque no se desempeñan en empresas que tengan la categoría de esenciales, esto bajo amenaza de despidos.

Artel y CIC en la mira

Entre las empresas denunciadas figuran Artel S.A, CIC, General Cable, Plastigrot, Interma Climatización y Multiservicios, Maestranza e Ingeniería Lo Espejo, ISS Chile, y Mimet S.A. Según el código penal, los empleadores se exponen a presidio menor o multas que llegan hasta las 200 UTM, advierten desde la bancada.

El titular de la querella, diputado Gonzalo Winter, fundamentó que en la región Metropolitana “la ciudadanía lleva largas semanas en cuarentena, haciendo un esfuerzo enorme para respetar las medidas sanitarias, pero no todos están cumpliendo las reglas. Tenemos casos de trabajadores que están siendo obligados por sus empleadores a asistir a sus lugares de trabajo, utilizando salvoconductos presuntamente falsos”.

“Esto configura un delito y atenta contra un efectivo control de la pandemia, esperamos que se investigue y que los responsables sean castigados por la justicia”, sostuvo.

Al respecto, la abogada que lleva la causa, Betsabé Carrasco, expuso que la “querella criminal es en contra de todos quienes resulten responsables por delitos en relación con la salud pública, artículo 318 y 318 ter, y también el artículo 210 referente a falso testimonio. Creemos que es importante que este tipo de hechos se investiguen para saber si efectivamente las empresas falsearon la ampliación de giro y si esta conducta puso en riesgo la salud pública. Al parecer no serían hechos aislados, sino hechos sistemáticos y que han operado con total impunidad porque las entidades responsables no han fiscalizado estas situaciones”.

Este artículo describe un proceso judicial en curso
Existe la posibilidad de que los cargos sean desestimados al finalizar la investigación, por lo cual NO se debe considerar al o los imputados como culpables hasta que la Justicia dicte sentencia en su contra.
(Artículo 04 del Código Procesal Penal)