A raíz de una serie de registros de detenciones de policías que proliferaron en redes sociales, surgió la interrogante respecto a si están facultados para hacerlo. Y lo cierto es que sí pueden, en la medida que tengan autorización de un tribunal y/o superiores. Eso sí, no es la regla general.

El martes por la tarde, a las 20:30 horas, carabineros de civil detuvo a dos personas, en calle Santo Domingo con Teatinos, en pleno centro de Santiago, y los trasladaron en un furgón Suzuki APV, propiedad de la institución uniformada.

En las imágenes difundidas por usuarios de Twitter se puede ver, desde distintos ángulos, el momento en que los testigos de la escena intentan sin éxito detener el avance del vehículo, el cual se retiró del lugar en dirección al poniente.

De acuerdo a lo que señalaron testigos a Radio Bío Bío, algunos vecinos del lugar se encontraban caceroleando cuando dos funcionarios de civil se llevaron dos personas.

Horas más tarde, el vehículo fue visto estacionado afuera de la Primera Comisaría de Santiago Central, ubicada a cinco cuadras del lugar, en la propia calle Santo Domingo con Mac Iver.

En concreto, según explicó Carabineros, detuvieron a una mujer (21 años) y un hombre (22 años) tras ser divisados por las cámaras municipales mientras realizaban rayados en el muro de una tienda comercial.

Al momento de la detención, y luego de que transeúntes intentaran evitar la aprehensión de los sujetos, cuatro funcionarios resultaron lesionados producto de los golpes y lanzamiento de elementos contundentes.

En ese contexto, los detenidos fueron trasladados a la comisaría por los delitos de atentados y amenazas contra la autoridad, aunque no pasaron a audiencia y sólo quedaron apercibidos por el artículo 26, es decir, indicar un domicilio a la autoridad.

Como este, otra serie de registros similares proliferaron en las útimas horas en redes sociales, en los que incluso acusaban secuestro.

Durante la noche del martes, una SUV Toyota RAV4 -también propiedad de Carabineros- realizó una detención en Viña del Mar. Si bien en redes sociales apuntaban a que habría ocurrido en Plaza Italia, en Santiago, lo cierto es que la detención la realizaron funcionarios de civil en la avenida Valparaíso, entre la Plaza Vergara y Plaza Sucre de la ciudad jardín.

Así también surgieron otros dos de similar índole: en Plaza de Maipú, ayer martes a las 18:00 horas, esta vez con la asistencia de personal con uniforme; y en el centro de Copiapó, región de Atacama, donde cuatro camionetas de civil irrumpieron con personal uniformado abordo para detener a un grupo de personas.

Con todo, la gran interrogante respecto a estos procedimientos es: ¿están facultados los carabineros para realizar detenciones sin uniforme y en vehículos de civil?

BioBioChile consultó si realmente estas detenciones, que han generado polémica entre la ciudadanía, se ajustan a la normativa. Sin embargo, desde Carabineros no estuvieron disponibles para referirse al respecto.

No obstante, los protocolos de la institución señalan que “el uniforme del Personal de Nombramiento Institucional de Carabineros de Chile, será de tela de color caqui y su uso en las actividades del servicio es obligatorio para todo el personal que le corresponde llevarlo”, aunque “el traje de civil podrá usarse en aquellos servicios policiales en que los jefes de altas reparticiones, reparticiones y unidades lo estimen necesario”.

En concreto, “esta facultad de calificar el uso de tenida de civil por parte de los jefes mencionados, será extensiva al personal que desempeña labores auxiliares que carezca de instrucción policial y militar, adolezca de defectos físicos notorios o que no esté en condiciones de llevar el uniforme correctamente”.

Quien sí se refirió al asunto fue Felipe Harboe (PPD), actual senador y exsubsecretario de Carabineros entre 2002 y 2006 -cartera que fue disuelta y cuyas funciones ahora recaen en Interior- explicó que un funcionario de civil “sí puede detener a alguien. Porque puede ser que ese carabinero de civil esté en funciones de inteligencia o en funciones operativas por una medida intrusiva, autorizada por los jueces”, subrayó.

Eso sí, precisó que es un recurso excepcional. “No es la regla general. Pero cuando hay una orden de detención, en el marco de un proceso investigativo, es perfectamente posible que algo así ocurra”, indicó.

Con todo, Harboe subrayó que -de todas formas- tienen que cumplirse las formalidades de un procedimiento policial, donde se identifique el funcionario y cuente con una orden judicial. “Pueden usar o no el uniforme. Va a depender del tipo de investigación que se esté llevando a cabo. Y todo esto tiene que ser para el efecto de poner a disposición del Ministerio Público para que sea presentado en tribunales”.