La resolución del tribunal de alzada capitalino confirmó la decisión adoptada por el Consejo para la Transparencia, en favor del cabo Roberto Tudesca, uno de los militares cuyas comunicaciones intervenidas por la institución, usando la Ley de Inteligencia. El fallo lo publica Radio Bío Bío.

La Corte de Apelaciones de Santiago ordenó al Ejército entregar todos los documentos de inteligencia, contrainteligencia y seguridad militar, al cabo Sergio Tudesca, el mismo cuyas comunicaciones fueron interceptadas, luego que denunciara actos de corrupción.

De esta manera el tribunal de alzada capitalino, confirmó lo resuelto por el Consejo para la Transparencia (CPLT) que resolvió que a dicha documentación no le afectaba el deber de reserva, rechazando al mismo tiempo el reclamo de ilegalidad presentado por la entidad castrense.

De acuerdo al fallo que publica Radio Bío Bío, los argumentos de la Corte apuntaron a que los documentos requeridos por Tudesca le pertenecen -y haciendo eco de los argumentos vertidos por el CPLT- no existe ningún peligro para la seguridad nacional.

En la resolución el tribunal de alzada estimó que el Comandante en Jefe del Ejército, Ricardo Martínez Menanteau no podía representar al Ejército, en tanto organismo fiscal, ni menos designar a un abogado de la misma institución para patrocinarlo.

En la legislación, señala el dictamen judicial, “se establece que el Ejército tenga personalidad jurídica propia independiente del Estado Fisco, ni le atribuye a su Comandante en Jefe la facultad para representar judicialmente al Ejército, para accionar en juicio o defenderse en juicio, por lo que debe actuar representado por el Consejo de Defensa del Estado (CDE)”.

Pues bien, el CDE presentó patrocinio en el recurso tres meses más tarde, por lo que los ministros estimaron que actuó en calidad de “agente oficioso” y no como representante del Estado.

“El argumento vertido por el Consejo de Defensa del Estado, que lo hizo en calidad de Agente Oficioso, no será tomado en consideración, ya que la agencia oficiosa no opera de pleno derecho, sino que se debe solicitar comparecer en tal calidad, a lo cual se otorga un plazo para la pertinente ratificación, no se invocó esa calidad, se compareció de manera pura y simple como mandatario del Comandante en Jefe del Ejército”, se lee en el documento.

La resolución contó con la unanimidad de los magistrados de la Novena Sala, Adelita Inés Ravanales Arriagada, Rosa Kittsteiner Gentile y la abogadoa Integrante Pía Tavolari Goycolea.

Hay que recordar que el cabo Tudesca denunció corrupción al interior del Ejército, por lo cual fue sancionado.

En 2016 y 2017, la institución logró una autorización por Ley de Inteligencia para intervenir las comunicaciones de Tudesca, dictada por un ministros de la Corte de Apelaciones de Santiago.

Los hechos se hicieron públicos el pasado 10 de agosto, luego que Radio Bío Bío revelara que los teléfonos de Tudesca y del capitán Rafael Harvey fueron monitoreados en un recinto secreto que la institución tiene en el regimiento de Telecomunicaciones de Peñalolén.

El fallo dictado por la Corte, en todo caso, puede ser apelado a la Suprema, cuya Tercera Sala será la encargada de confirmar o revocar la determinación.

Revisa el fallo en su totalidad a continuación: