Autoridades de la Dirección del Trabajo llamaron a los empleadores a respetar el feriado irrenunciable del 25 de diciembre y 1 de enero. De no ser así, arriesgan multas que van desde las 5 a 20 Unidades Tributarias dependiendo del tamaño de la empresa.

Hasta un millón de pesos por trabajador podrían arriesgar los empleadores que no respeten la Ley del Feriado Irrenunciable del 25 de diciembre y 1 de enero.

Es por ello que diversas campañas y anuncios de las autoridades del Trabajo han hecho el llamado a respetar estos días festivos. En caso de no cumplir con estos feriados obligatorios e irrenunciables, las infracciones serán sancionadas con multas que van desde las 5 a 20 Unidades Tributarias por cada trabajador afectado.

En casos excepcionales, de los que si podrán trabajar durante los dos días festivos, están considerados locales comerciales en los aeródromos civiles públicos, aeropuertos, casino de juegos, cines, restoranes y otros lugares legalmente autorizados como negocios particulares atendidos por sus propios dueños. En el caso de las farmacias de urgencia, deberán cumplir con los turnos fijados por la autoridad sanitaria.

Las multas para aquellos empleadores que no cumplan la medida serán infraccionadas en formato escala, es decir, las micro empresas serán multadas con 5 unidades tributarias por cada trabajador afectado que bordean los $250.000, la medianas serán 10 UTM que equivalen a $500 mil pesos y por último las grandes empresas que se les sancionarán con aproximadamente un millón de pesos.

El director del Trabajo, Mauricio Peñaloza, llamó a las empresas a respetar la ley y agregó que los funcionarios que trabajaron durante estas fechas el año pasado en recintos autorizados, deberán tener feriado obligatorio.

Trabajadores del comercio aseguraron que no corresponde que algunos empleadores hagan trabajar a sus funcionarios en Navidad y Año Nuevo.

El comercio debe cerrar sus puertas a las 20:00 horas del lunes 24 de diciembre y el feriado irrenunciable perdurará hasta las 6:00 del miércoles 26 de diciembre. Lo mismo ocurrirá para Año Nuevo, donde a partir de las 20:00 horas del lunes 31 de diciembre comenzará a regir el feriado y finalizará a las 6:00 del miércoles 2 de enero.