La segunda sala de la Corte Suprema declaró procedente solicitar a las autoridades argentinas la detención previa del exfrentista, Galvarino Apablaza Guerra, requerido en extradición por su responsabilidad en el asesinato del senador UDI, Jaime Guzmán.

La decisión, adoptada en fallo dividido, vino a acoger la solicitud planteada por el ministro en visita, Mario Carroza, precisando que la extradición “activa promovida por Chile” aún no se ha cumplido.

El fallo profundizó que la solicitud de extradición “ha sido acogida por el Estado requerido, el procedimiento respectivo debe entenderse finalizado -sobre todo desde la perspectiva del país requirente- una vez producida la entrega del extraditado por las autoridades del país requerido al agente diplomático que haya solicitado la extradición, como se desprende claramente del artículo 655 inciso 1° del Código de Procedimiento Penal”.

A ello agregó que “dicha entrega no se ha llevado a cabo en este caso, siendo procedente, en consecuencia, para su obtención, el despacho de la orden librada por el señor Ministro Instructor de la causa, de conformidad al artículo 637 inciso 2° del Código de Procedimiento Penal”.

“Que, lo concerniente al estatuto de refugiado requerido, otorgado por una autoridad argentina, a quien cuya extradición fue aprobada, deberá ser resuelto por las instancias competentes a esa jurisdicción”, finalizó el texto jurídico.