El fallo indica que Stingo demandó y perdió en primera instancia, para luego recurrir de nulidad ante la Corte de Apelaciones de Santiago, donde obtuvo un resultado favorable. La señal insistió con un recurso de unificación de jurisprudencia ante la Corte Suprema que terminó por ponerle fin al litigio.

El abogado, convencional constituyente y expanelista del matinal Mucho Gusto (Mega), Daniel Stingo (56), perdió un litigio contra su exestación televisiva en que solicitaba a la justicia que se declarara relación laboral, tras ser desvinculado en 2017.

Tal como relata el fallo público de la Cuarta Sala de la Corte Suprema, el experto en leyes demandó al canal y, tras obtener resultados negativos, acudió a la Corte de Apelaciones de Santiago en que la resolución fue a su favor.

Ahora, sin embargo, Mega interpuso un recurso de unificación de jurisprudencia que fue aceptado por el máximo tribunal del país, con el que se habría dado fin al litigio en favor de la estación televisiva. La información fue primero revelada por el Diario Constitucional.

El detalle del caso

Daniel Stingo, que según apunta el escrito judicial obtenía su salario mediante honorarios, demandó al canal tras ser desvinculado en diciembre de 2017.

En un fallo de primera instancia, el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago rechazó su recurso judicial en que buscaba la declaración de relación laboral, despido injustificado y cobro de prestaciones.

El ahora convencional decidió, entonces, recurrir de nulidad ante la Corte de Apelaciones de Santiago donde la justicia le concedió la razón en enero de 2020, acogiendo su recurso.

En ese momento, tal como reportó BioBioChile, la primera sentencia resultó inválida y se dictaminó que el despido fue injustificado y nulo, y condenó a Mega al pago de las indemnizaciones y prestaciones, incluidas cotizaciones y remuneraciones.

Frente a esta decisión, la señal insistió con un recurso de unificación de jurisprudencia, solicitando una nueva sentencia.

¿Qué es el recurso de unificación de jurisprudencia?

El fallo, además, define que “el recurso de unificación de jurisprudencia procede cuando respecto de la materia de derecho objeto del juicio existieren distintas interpretaciones sostenidas en uno o más fallos firmes emanados de Tribunales Superiores de Justicia”.

La nueva sentencia de Daniel Stingo

La Cuarta Sala de la Corte Suprema, integrada por Ricardo Blanco, Andrea Muñoz, Jean Pierre Matus, y los abogados integrantes Carolina Coppo y Gonzalo Ruz, consideraron que “la sentencia de base dio por acreditado que las partes
celebraron una serie de contratos a honorarios, con vigencia anual”.

Esto, apuntaron, “entre el 2 de enero de 2014 y el 31 de diciembre de 2017; en cuyo mérito el actor se desempeñó como panelista, aludiéndose en alguno de ellos a su calidad de abogado, para desplegar su capacidad profesional, artística e histriónica en el programa de televisión Mucho Gusto, en forma autónoma, según su conocimiento y experiencia, sin sometimiento a jornada, ni a obligación de asistir a las oficinas de la demandada más allá de lo necesario para la prestación del servicio”.

“Los hechos asentados no revelan con claridad suficiente la presencia de indicios de aquella subordinación o dependencia que es propia de toda relación laboral”, sostuvieron luego, añadiendo que “se advierte que las partes negociaron desde una posición de relativa igualdad y que el actor fue contratado en razón de su profesión y conocimiento, para dar opiniones y consejos sobre las materias de su experticia, lo que hacía de manera libre, sin que se le instruyera ni controlara el contenido de tales opiniones, ni tuviera que rendir cuenta por el modo en que ejecutaba el contrato”.

Así, entonces, con votos en contra de Blanco y Matus, sentenciaron que “se acoge el recurso de unificación de jurisprudencia interpuesto por la parte demandada” en contra de la sentencia de 2020 dictada por la Corte de Apelaciones, declarando que su vínculo no estaba regido por el Código del Trabajo.