El Gobierno continúa afinando los detalles del próximo proyecto de reforma laboral, que sería enviado al Parlamento a fines de diciembre.

El Ejecutivo ha convocado a mesas técnicas con expertos y centrales de trabajadores, para discutir y analizar los puntos más críticos de la reforma impulsada por la anterior administración.

El ministro de Trabajo, Nicolás Monckeberg, adelantó que se estudian cambios a la indemnización por años de servicio que las personas reciben al ser desvinculadas de una empresa.

La idea es que esta indemnización sea recibida de igual manera cuando un trabajador busca otro horizonte laboral.

“A veces tenemos normas que dejan anclados a los trabajadores en empleos y desincentivan la búsqueda de nuevas oportunidades, como es el caso de nuestro sistema de indemnización por término de contrato, que desincentiva la posibilidad de una nueva oportunidad de empleo, porque si la tomo pierdo toda la antigüedad en la empresa”, dijo el secretario de Estado.

Eso sí, Monckeberg aseguró que este punto aún debe ser analizado con los integrantes de las mesas técnicas.

“No lo hemos resuelto y lo vamos a dar a conocer oportunamente. Porque lo que nosotros queremos es hacer una etapa de conversación intensa con la mesa de trabajo sindical, que está en su última etapa, y con la mesa técnica que también está próxima a concluir”, indicó.

Según ha trascendido, el Ejecutivo estaría pensando en establecer una “indemnización ante todo evento”, aunque ésta sería sólo una medida dentro del abanico a evaluar.

Rodrigo Saenz | Agencia UNO
Rodrigo Saenz | Agencia UNO

El diputado RN, Eduardo Durán respaldó la eventual propuesta e instó al Gobierno a liderar cambios en la norma de término de contrato.

“Yo celebraría que el Gobierno analice un cambio a esta norma, de tal manera que los trabajadores tengan la libertad de buscar oportunidades de trabajo. Hay muchas razones, a lo mejor no se sienten cómodos, quieren buscar nuevas expectativas, nuevos horizontes, pero que mantengan y no pierdan los años de trabajo”, señaló.

A juicio de Rául Soto, diputado socialista y miembro de la comisión de Trabajo de la Cámara, el Ejecutivo debe enfocarse en zanjar pronto la discusión sobre los grupos negociadores.

“Hay elementos que obviamente hay que corregir allí y eso obviamente tiene que ser materia de ley, no materia de dictamen administrativo de la Dirección del Trabajo como se ha tratado de hacer en muchos casos, particularmente en el caso de los grupos negociadores”, advirtió el parlamentario.

Este jueves se reunirán expertos y abogados que integran una de las mesas técnicas con la cartera de Trabajo. En la ocasión, se abordarían los posibles cambios a la indemnización por servicio, al igual que modificaciones para restituir parcialmente el reemplazo en huelga.

Legislación vigente

Actualmente ¿cuándo procede el pago de la indemnización legal por años de servicio sin tope de años? La respuesta la entrega la Dirección del Trabajo.

El artículo 163 del Código del Trabajo establece que si el contrato de trabajo hubiere estado vigente un año o más y el empleador le pusiere término de conformidad al artículo 161 del Código del Trabajo, esto es, por necesidades de la empresa, establecimiento o servicio o por desahucio, deberá pagar al trabajador la indemnización por años de servicio que hubieren pactado contractualmente y de no existir tal pacto la equivalente a 30 días de la última remuneración mensual devengada por cada año de servicio y fracción superior a seis meses, prestados continuamente al empleador, indemnización que se encuentra limitada a 330 días de remuneración.

Por su parte, el artículo 7° transitorio del referido Código establece que los trabajadores con contrato de trabajo vigente al 1° de diciembre de 1990 y que hubieren sido contratados con anterioridad al 14 de agosto de 1981, tienen derecho a las indemnizaciones que le correspondan sin el límite máximo de los 330 días de remuneración.

De esta forma, si el empleador pone término al contrato aplicando la causal de necesidades de la empresa a un trabajador contratado con anterioridad al 14 de agosto de 1981, su indemnización por años de servicios es sin tope de años.