La Comisión para el Mercado Financiero (CMF) puso en consulta la normativa que implementa exigencias para las empresas en relación con la presencia de mujeres en sus directorios.
Específicamente, la norma apunta a cómo las Sociedades Anónimas Abiertas y Especiales deberán enviar la información sobre la composición de género en sus respectivas mesas directivas.
La norma propuesta se enmarca en la Ley N°21.757, “Más Mujeres en Directorios”, despachada en julio de este año, y donde se establece una gradualidad en la implementación de un porcentaje de representación: desde el 1 de enero de 2026 y hasta tres años después (2028), el tope de personas de un mismo sexo en directorios será del 80%.
Es decir, no podrá haber más de un 80% solo de hombres o solo de mujeres en un mismo directorio.
Desde el 2029 y hasta el 2031 el porcentaje será del 70% y desde 2032, 60%.
Ahora bien, la CMF puso en consulta la norma para remitir este tipo de información.
A más tardar el 31 de enero del próximo año, las empresas deberán remitir al regulador un informe donde se identifique cada integrante del directorio, adjuntando el sexo de cada uno de ellos.
Si no se cumple con el porcentaje máximo “sugerido” por ley, se deberá informar los fundamentos tras el incumplimiento.
“Tal como señala la ley, la CMF deberá publicar esta información íntegramente en su sitio web, sin pronunciarse respecto del mérito de esas razones o fundamentos”, afirmó la Comisión mediante un comunicado.
La propuesta de norma para el envío de identificación y sexo de los directores de empresas se encuentra disponible para consulta en el sitio web del regulador. Así, se espera recibir comentarios y observaciones de los distintos actores del mercado, en especial para conocer si se advierte “alguna dificultad para remitir la información en los términos establecidos en la presente propuesta”, señala el documento en consulta.