Cabe destacar que la entidad demandada, Canal del Fútbol SpA, tiene como representante legal a Eduardo Dorat Olcese, quien es Director legal en Warner Bros. Discovery Chile (TNT Sports).

Durante la jornada de este martes la Fiscalía Nacional Económica (FNE) pidió al Tribunal de Defensa de la Libre competencia (TDLC) que aplique una millonaria multa de 32.000 Unidades Tributarias Anuales (US$ 29 millones aproximadamente) al Canal del Fútbol (CDF).

Todo esto, por “abusar de su posición monopólica” en el mercado de transmisión en vivo y en directo de los encuentros deportivos del Campeonato Nacional de Fútbol Profesional (CNFP).

Esto, mediante la imposición a los cableoperadores de una serie de “prácticas comerciales abusivas”.

Según lo detalló la Fiscalía en el requerimiento presentado en diciembre del 2020 contra CDF, estas prácticas fueron la fijación de un precio mínimo de reventa.

A esto se suma la restricción a las promociones que pueden desarrollar los cableoperadores, la fijación de mínimos garantizados arbitrarios y la obligación de comercialización del CDF Básico a toda la base de clientes.

En la audiencia realizada hoy en el TDLC, la FNE explicó que CDF infringió el artículo 3° del Decreto Ley N°211.

Esto, desde la creación de CDF Premium en el año 2006, en forma paulatina y permanente las cuatro prácticas comerciales lesivas para la competencia, mencionadas anteriormente.

Denuncia de la FNE en contra del Canal del Fútbol

En su exposición, la FNE explicó que el -en ese entonces- Canal del Fútbol controló las promociones que los cableoperadores podían implementar para la venta de las señales CDF Premium y CDF HD.

Junto con esto “se establecido un precio mínimo de reventa de éstas, lo que provocó menos rivalidad, perjudicando directamente a los consumidores”.

Además, se señaló que el “CDF fijó un número arbitrario de abonados mínimos garantizados y exigió que toda la base de clientes de los cableoperadores adquiera CDF Básico”.

Esto, como condición para acceder a sus señales Premium, lo que implicó la “extracción abusiva” de rentas que no podría haber obtenido en ausencia de dichos comportamientos.

Finalmente desde la FNE se explicó que CDF debe ser sancionado, pues en su conducta se observan los dos elementos que configuran el abuso de posición dominante: “por un lado, la posición de dominio de CDF y, por otro, el comportamiento abusivo”.