El Tribunal de la Libre Competencia (TDLC) le otorgó un importante triunfo a los operadores de criptomonedas.

Los bancos -BancoEstado e Itaú- intentaron frenar el avance de las compañías ante dicha instancia y revertir la medida cautelar que obliga a las entidades bancarias a mantener las cuentas mientras dure el litigio.

Lo anterior, amparados en el fallo de la Corte Suprema de inicios de diciembre pasado, que -contrario a la prohibición del TDLC- determinó que el cierre de Banco Estado de la cuenta de Orionx -broker de criptomonedas- era legal y no arbitrario.

Pese a ello, el TDLC remarcó que la resolución del máximo tribunal del país “no constituye un nuevo antecedente que haga variar lo resuelto” y mantuvo así la obligación de mantener las cuentas de las firmas que transan criptomonedas.

De acuerdo a Diario Financiero, la pugna entre ambas partes tendrá su próximo capítulo en febrero, cuando el TDLC abra paso a una serie de audiencias para escuchar a testigos, entre los que figuran el ministro de Hacienda, Felipe Larraín; el ministro de Economía, José Ramón Valente; el presidente de la Comisión para el Mercado Financiero, Joaquín Cortez; el presidente de la Asociación de Bancos, Segismundo Schulin-Zeuthen, entre otros.

“Criptomonederos” celebran

Naturalmente, las compañías que forman dicho mercado festejaron el respaldo del TDLC.

“Para nosotros es un éxito, ya que necesitamos de las cuentas bancarias para operar en el mercado. En todo caso, siempre confiamos en la institucionalidad chilena, especialmente en el TDLC por su rol de defensor de la libre competencia”, afirmó a Pulso Martín Jofré, socio de CriptoMKT.

Por su parte, Samuel Cañas, abogado de Buda.com, remarcó que “la resolución del TDLC es completamente sensata jurídicamente. Lo anterior, dado que —y como fue argumentado por Buda.com ante la solicitud de los bancos— no existe a la fecha modificación las circunstancias que motivaron la dictación de dicha medida precautoria”.

En la misma línea, el abogado y socio de Estudio Bravo, Mario Bravo, agregó que entienden “que el TDLC está para velar por la garantía constitucional de la libertad económica reconocida en el artículo 19 n21. El principio de reserva legal conlleva la idea de que cualquier actividad económica, aun cuando no esté regulada en nuestra legislación, es perfectamente legítima y ese es el fondo del asunto a discutirse en el TDLC”.