Este 2019, por primera vez, los contribuyentes deberán declarar sus ganancias en el mercado de las criptomonedas ante el Servicio de Impuestos Internos.

De acuerdo con un oficio del SII, las criptomonedas no estarán afectas al IVA, pero sí al Impuesto a la Renta.

Según informó el Diario Financiero, el proceso de llenado del formulario 22 que se dará en abril incluirá por primera vez en la historia el requisito en su sexta línea, en la que se deberán reportar “otras rentas propias y/o de terceros provenientes de empresas que declaren su renta efectiva y no la declaren según contabilidad completa, atribuidas, según el artículo 14 letra C) N°1”.

Entre estas actividades, detalló el SII en la publicación (a fines de 2018) del suplemento de declaraciones juradas para la Operación Renta 2019, se incluyen “rentas provenientes de la venta de monedas extranjeras de curso legal o de activos digitales o virtuales, como las criptomonedas (por ejemplo, bitcoins)”.

Fue con un oficio firmado por el director del servicio, Víctor Villalón, en mayo del 2018 que se determinó que las criptodivisas no estarán afectas al pago de IVA pero que quienes comercialicen con ellas deberán dejarlo registrado en una factura exenta de impuestos, a fin de que el SII pueda hacer seguimiento de la transacción y “formalizar” estas operaciones.

El SII fundamentó su decisión de eximir de IVA a los bitcoins, la chaucha -u otros activos digitales de esas características- “por recaer, en este caso, sobre bienes incorporales”.